3 dic 2021

1979 LOS AYUNTAMIENTOS DE VILLENA

LOS AYUNTAMIENTOS DE VILLENA
BREVE HISTORIA DE UNA INSTITUCIÓN. Por… José Mª Soler García
Las elecciones del 1 de abril del presente año constituyen el último eslabón de una cadena que, por lo que a nuestro pueblo se refiere, comenzó a forjarse hace más de setecientos años. Vamos a tratar de resumir esta larguísima evolución.
"Redolines" utilizados en otras épocas para las votaciones municipales. 
Foto: Pedro Olaya Ruano (AFV)
EDAD MEDIA. Siglos XIII al XV
Prescindiendo de todo el período anterior a la Reconquista por carencia de datos, hemos de remontarnos al último cuarto del siglo XIII para encontrar el primer eslabón, ya que fue el 13 de noviembre de 1276 cuando el infante don Manuel otorgó a Villena el Fuero que su hermano, Alfonso el Sabio, dio a la villa de Lorca. Se especifica en él que el Juez, los Alcaldes, que durante mucho tiempo fueron dos, el Mayordomo y el Escribano, principales cargos concejiles por entonces, habrían de renovarse cada año el día de San Juan, eligiéndose por sorteo entre los cuatro "hombres buenos" que hubieran sido designados por todos los vecinos de la población agrupados en parroquias o "colaciones".
En esta primera etapa, a pesar del régimen semi-feudal que imperaba, los ayuntamientos eran plenamente autónomos, aunque hubo intentos por parte de algunos señores territoriales de mermar esta autonomía, como el de don Alfonso de Aragón, primer marqués de Villena, quien, a finales del siglo XIV, nombró un Corregidor para nuestro pueblo, desafuero que el propio rey, Enrique III, se encargó de invalidar en 1395.
Durante el Marquesado de los Pacheco (1445-1480), el Concejo, que continuaba siendo elegido el día de San Juan, estaba compuesto por dos Alcaldes ordinarios, dos Jurados, un Alguacil, que tenía a su cargo el pendón y el sello del Concejo, un Almotacén, que vigilaba los mercados e inspeccionaba los pesos y medidas, y seis Regidores, que eran como la comisión representativa de la asamblea vecinal, que sólo en contadas ocasiones se convocaba.
Había otro cargo esencialmente militar y nombrado directamente por el Marqués, que era el de Alcaide del Castillo, uno de los cuales, llamado Juan González de la Plazuela, intentó entrometerse en los asuntos del Concejo nombrando un Alguacil sin intervención del pueblo. Ante la protesta de los villenenses, el propio don Juan Pacheco !e hizo desistir de su pretensión y devolver la vara de Alguacil que había usurpado. Esto sucedía en 1446.
Pero llegó la época centralizadora de los Reyes Católicos, quienes fomentaron arteramente la rebelión de los villenenses contra el Marqués don Diego, que hubo de someterse en 1480. Villena, que hasta entonces había sido señoril, se hizo realenga y comenzó a perder la autonomía que venía disfrutando desde el siglo XIII. Pronto se crearon los cargos de Gobernador y Alcalde Mayor del Marquesado, ambos de nombramiento real, a los que quedaron sometidos todos los oficiales del Concejo.
LA CASA DE AUSTRIA. Siglos XVI y XVII
Al correr de los años, el Gobernador iba asumiendo funciones que no le correspondían, así vemos que, en 1506, la reina doña Juana ordena se le informe de por qué no se guarda a los villenenses el privilegio de que sus Alcaldes Ordinarios conozcan en las causas de primera instancia, tanto civiles como criminales. Pero es también doña Juana la que, poco después, ordena que todos los que fueren elegidos para oficiales del Concejo, habrían de tener caballos armas antes de que se efectuara la. elección el día, de San Juan, lo que disminuía notablemente la posibilidad de ser candidato.
En 1545. el número de los oficiales aumenta con "el Procurador Síndico", creado a petición de la Ciudad, para evitar fraudes en el gasto público.
Con Felipe II culmina la intervención real en los asuntos concejiles. Ya. en 1545, cuando todavía era Príncipe, había impuesto en Sax los Regidores Perpetuos en lunar de los añales, pero en Villena., la usurpación fue paulatina y más tardía., pues todavía en 1573 anuncia el Gobernador que quiere estar presente en la elección de los oficiales, a fin de que las personas que se eligieren fueran "Pertenecientes para los tales oficios", lo que no era sino una forma descarada de manipular la elección.
Unos años antes, en 1564, el mismo monarca, "usando de su poderío real", incorporó a la corona las "Salinas del Angostillo", que sus abuelos, los Reyes Católicos, habían donado a los villenenses en premio a sus buenos servicios. Tras repetidas protestas de la ciudad por tan inicuo despojo, el Rey trató de compensar las rentas devengadas antes de la anexión con puestos de Regidores Perpetuos, que algunos vecinos de la población podrían comprar. El Concejo se opuso y pidió que la tal recompensa se hiciera en dinero y no en oficios de regimiento, que a la ciudad convenía que siguieran siendo añales como siempre lo habían sido.
Cedió el monarca de momento, pero la corriente centralizadora era cada vez más fuerte y en la sesión municipal de 30 de mayo de 1586, dos individuos de ascendencia hidalga presentaron sendas cédulas reales en que se les otorgaban los títulos de Regidores Perpetuos de la ciudad, y seis años más tarde, otro hidalgo obtuvo graciosamente "mitad de oficios" por su estado noble, de lo que se siguieron pleitos y banderías que le obligaron a renunciar. Era, sin embargo, el comienzo de una modificación que pronto obtendría el refrendo de la autoridad real. Al año siguiente, Felipe II creó el oficio de Alférez Mayor de la Ciudad.
El sistema, empero, no estaba todavía afianzado, porque, en 1634, Felipe IV firmó una cédula en la que confirmaba a los villenenses la antigua costumbre de hacer elección de oficios entre todos los vecinos. Pero el centralismo iba calando hasta en los oligarcas del Concejo y, en 31 de diciembre de 1682, fue el propio Ayuntamiento quien tomó el acuerdo de otorgar en lo sucesivo los cargos de Alcaldes Ordinarios y de la Hermandad, así como el de Alguacil Mayor "a caballeros hijosdalgo notorios de sangre, descendientes de sus nobles conquistadores y pobladores". Este acuerdo fue ratificado por el rey Carlos II en 26 de febrero de 1692.
Unos ejemplos ilustrarán acerca del grado de corrupción a que se había llegado en la provisión de unos cargos concejiles que, por la penuria del erario real, se habían convertido en hereditarios y enajenables por dinero. Felipe IV había vendido a un hidalgo local el título de Alguacil Mayor Perpetuo por la suma de cinco mil ducados, que era excesiva para su peculio, por lo que hubo de ser abonada entre cinco aspirantes, que se repartieron también el disfrute del cargo alternativamente. Y hablamos de "disfrute", que no de "desempeño", porque todavía a principios del siglo XIX, de los cuatro Regidores Perpetuos que componían el Ayuntamiento, uno estaba avecindado en Lorca; el otro en Játiva; un tercero acababa de adquirir el título en pública subasta, y el cuarto estaba en poder de la madre como tutora del interesado.
CASA DE BORBON. Siglo XVIII
Con los Borbones, este sistema absolutista y corrompido alcanzó aún más alto nivel, y así vemos que en 30 de abril de 1722, para mejor premiar los servicios que la ciudad de Villena, y especialmente su nobleza, prestaron a Felipe V en la Guerra de Sucesión, el Monarca confirmó la provisión de Carlos II de 1692 y ratificó que "todos los oficios de justicia y gobierno de la ciudad se distribuyeran siempre entre caballeros hijosdalgo", añadiendo que "a los que estuvieren en la posesión de tales por sí, sus padres o abuelos", se les mantuviera en ella.
En tiempos de Carlos III (1780), el número de regidores ascendió a 24, que casi nunca estaban completos, pero una modificación importante se había producido con la promulgación del Auto-Acordado de 1766. A causa de una modificación de precios en los abastos, surgieron disturbios en muchos puntos de la nación y también en nuestra ciudad. El Gobierno pensó que era necesario vigilar más eficazmente la gestión de los Concejos, para lo cual resucitó el cargo de Procurador Síndico y creó los Diputados del Común, que en Villena fueron cuatro, elegidos por 24 compromisarios ajenos al Ayuntamiento en cada una de las parroquias de Santiago y Santa María, los cuales fueron designados por votación entre los vecinos. Era el retorno del pueblo llano a unos Ayuntamientos exclusivamente manejados por las aristocracias locales y que ya iban resultando molestos hasta a las autoridades centrales.
EL AGITADO SIGLO XIX. 1812 a 1876.
Aquel régimen perduró hasta la proclamación de la Constitución de Cádiz el 19 de marzo de 1812, que inaugura la casi permanente inestabilidad municipal durante la primera mitad del siglo XIX.
El día 8 de diciembre tomó posesión el primer Ayuntamiento constitucional, que apenas duró ocho meses porque, al llegar a España Fernando VII, abolió la Constitución y disolvió los Ayuntamientos de ella derivados. Señalemos como anécdota que, por imposición del Comandante de un regimiento de infantería que había descansado en la ciudad, el Alcalde se vio obligado a quemar el ejemplar de la Constitución que obraba en las salas capitulares.
El 11 de mayo de 1820, tras otro giro político del tornadizo Fernando VII, se formó de nuevo un Ayuntamiento constitucional elegido, al modo tradicional, por los compromisarios de las Parroquias, pero la alegría sólo duró cinco años porque, abolida nuevamente la Constitución el 18 de mayo de 1825 y disuelto el Ayuntamiento, los nuevos oficiales fueron nombrados por la Chancillería de Granada en nombre del Rey.
Tras un tímido intento de reforma en 1833, que estableció un régimen mixto de Regidores electos y vitalicios, en octubre de 1836 se restableció una vez más el sistema derivado de la Constitución de Cádiz y el Gobernador exhortó a la votación con frases que hemos oído repetir en nuestros días. "Desterrad de vosotros —dice— el fatal egoísmo que aleja a muchos, más por inercia e indiferencia que por otra cosa, de asistir a tan solemne acto".
En julio de 1840 se promulgó la famosa Ley de Ayuntamientos, que no llegó a aplicarse de momento porque provocó disturbios en toda la nación y la abdicación de la reina María Cristina. Espartero volvió a implantar las reformas progresistas de 1812 y 1820, pero los Ayuntamientos no hacían pie fijo, y en 1843 se aplicó de nuevo la discutida Ley de 1840, que dio pábulo a los motines de Alicante y Cartagena. Menos de un año duró el Ayuntamiento villenense formado con arreglo a sus disposiciones, porque una nueva Ley sobre organización de los municipios se publicó el 8 de enero de 1845.
Pero la inestabilidad no había cesado y aún se incrementó con la Guerra Carlista. En julio de 1854, con el triunfo de Espartero y O'Donnell, se inicia el llamado "Bienio Progresista" con una Junta de Gobierno que destituyó a varios empleados del Ayuntamiento que se habían mostrado contrarios al pronunciamiento. El 26 de septiembre se eligió una Corporación al modo tradicional de los Compromisarios de Parroquias, que sólo duró unos meses porque fue disuelta, como en tantas otras ocasiones, al abolirse una vez más la Constitución. El nuevo Ayuntamiento fue designado directamente por el Capitán General.
La llamada "Revolución de Septiembre" acabó con el reinado de Isabel II, y el 30 de septiembre de 1868, el Ayuntamiento en funciones convocó a doscientos contribuyentes para nombrar una Junta que se encargara del gobierno de la ciudad y del mantenimiento del orden público. El 11 de octubre se celebraron elecciones generales entre los mayores de veinte años para el nombramiento de la Junta Definitiva, que se convirtió en verdadero Ayuntamiento pocos días después.
Durante el corto mandato de esta Junta se produjo un incidente que pone de manifiesto el grado de inseguridad que se padecía. El día 14 de octubre se presentó en el salón de sesiones un individuo llamado Florencio Carvajal, que se titulaba jefe de la columna republicana volante e iba acompañado de sus oficiales. Hizo destituir al carcelero titular y nombrar otro que, según él, había sufrido mucho por la causa de la libertad; se incautó de doce escopetas o carabinas facilitadas por los vecinos y pidió cuatro mil reales para atender a sus tropas, los cuales pudieron completarse con el préstamo que hizo a la Junta uno de sus vocales.
El 1 de julio de 1868 fue aprobada una nueva Constitución, base de la Ley Municipal de 1870. Las elecciones, por sufragio universal, se celebraron en diciembre de 1871, y fueron por entonces los últimos comicios monárquicos, porque el 11 de febrero de 1873 fue proclamada la Primera República.
Las Cortes señalaron los días 12 al 15 de julio para la total renovación de las corporaciones municipales. El primer Ayuntamiento republicano tomó posesión el 24 de agosto y fue elegido para un bienio, que no llegó a cumplirse, porque, como tantas otras veces a lo largo del siglo, suspendidas las garantías constitucionales tras el golpe del general Pavía, en febrero de 1874 el Gobernador disolvió el Ayuntamiento y nombró otro en su lugar.
Y así se llega al 30 de junio de 1876, en que Alfonso XII firmó la Constitución de Cánovas del Castillo, verdaderamente afortunada porque estuvo en vigor cerca de medio siglo. Las elecciones municipales se celebraron en febrero de 1877, y cada distrito pudo elegir a sus concejales por sufragio popular. El Ayuntamiento quedó integrado por un Alcalde, nombrado por Real Orden entre los electos, y diez y siete concejales, con facultad de elegir de entre ellos al Síndico y a los cuatro Tenientes de Alcalde.
SIGLO XX. Directorio, Segunda República y Alzamiento Militar.
De lo sucedido durante los cuarenta y siete años en que estuvo vigente la Constitución de 1876, es de señalar la entrada en el Ayuntamiento de los socialistas, que hasta entonces se habían negado a colaborar con grupos burgueses. Esto ocurrió con la conjunción republicano-socialista de 1909.
Debemos también mencionar la huelga revolucionaria de 1917, que costó vidas humanas y el encarcelamiento de cuatro miembros de la Corporación municipal afectos a partidos obreros.
La situación social se iba haciendo cada vez más difícil, lo que propició el golpe de estado del general Primo de Rivera el 13 de septiembre de 1923. Los componentes del Ayuntamiento Constitucional fueron cesados y sustituidos por dieciséis vocales de la "Junta Municipal", presididos por el Teniente de la Guardia Civil. La ciudad quedó después bajo la autoridad de un Delegado Gubernativo, quien. en enero de 1924, dio posesión al primer Ayuntamiento designado por la autoridad militar.
El 4 de enero de 1925 se produjo una importante novedad con el acceso de la mujer al Ayuntamiento en la persona de doña Purificación Bellod, que pronto se vería acompañada por doña Consuelo Hernández Martínez, nombrada el 24 de febrero del mismo año. Ha de transcurrir más de medio siglo para que, ya en nuestros días, vuelva a repetirse un hecho semejante.
Con la caída de Primo de Rivera el 30 de enero de 1930, se produce un período de interinidad que duraría varios meses, hasta que, por Real Orden de 15 de febrero, se formó una Corporación integrada por concejales de distintas tendencias políticas. Los grupos de izquierda criticaron el procedimiento seguido para la designación y presionaron para que el Alcalde y los cuatro Tenientes fueran designados por el propio Ayuntamiento, lo que se consiguió en enero de 1931. La última disposición de este período fue la Real Orden de 10 de marzo, que fijó en 22 el número de Concejales, de acuerdo con el de habitantes, que, según el censo de 1929, era de 18.577.
El día 12 de abril de 1931, se celebraron las famosas elecciones municipales que serían las últimas de la Monarquía. Como en todas las grandes poblaciones de la nación, el triunfo de la coalición republicano-socialista sobre las candidaturas conservadoras, fue muy amplio en nuestra ciudad. A consecuencia de estas elecciones, el rey Alfonso XIII abandonó el país, y el día 14 de abril fue proclamada la Segunda República.
El primer Ayuntamiento republicano tomó posesión el 16 de abril, pero a consecuencia del movimiento revolucionario que se produjo en octubre del año anterior, fueron destituidos y encarcelados el Alcalde y tres de los concejales socialistas, y el Gobernador cubrió éstas y otras bajas que se habían producido por diversas causas y formó una Comisión Gestora en la que había concejales de todas las tendencias, muchos de ellos supervivientes del Ayuntamiento de 1931, que en 20 de febrero se repuso en su totalidad. Sería por poco tiempo, porque el 18 de julio de 1 9 3 6 se produjo el alzamiento militar y la consiguiente guerra civil.
En febrero de 1937, el Gobernador, en cumplimiento de un Decreto del Ministerio de la Gobernación fechado el 4 de enero, nombró un Consejo Municipal formado por quince vocales pertenecientes a las centrales sindicales y partidos obreros, el cual estuvo en funciones durante toda la guerra.
Con el triunfo de los llamados "nacionales" se entra en la larga etapa de dominación del general Franco. En el acta del Ayuntamiento de 29 de marzo de 1939 se dice: "Que por haber triunfado definitivamente el Glorioso Movimiento Nacional Sindicalista y estar la ciudad en poder de Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S.", se constituye un Ayuntamiento provisional designado por el Comandante militar de la plaza. El 11 de abril del mismo año tomó posesión la Comisión Gestora local, la cual estaba formada por el Alcalde, cinco Vocales y el Secretario, pero en 1940 varía esta composición, pues queda formada por el Alcalde, tres Tenientes de Alcalde y nueve Gestores, todos designados por el Gobernador.
Varios Ayuntamientos de este tipo se sucedieron hasta que, por Decreto de 30 de septiembre de 1948, se creó el sistema de los tres tercios para la designación de concejales. Cabezas de Familia, Organismos Sindicales y Entidades Económicas, Culturales y Profesionales. Las primeras elecciones ajustadas a este sistema se celebraron el 21 de noviembre de aquel mismo año, y todo ello fue sancionado por la Ley de Régimen Local de 16 de diciembre de 1950 y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales de 17 de mayo de 1952.
En este estado se hallaban las cosas cuando tras el Referéndum Nacional de 6 de diciembre de 1977, una nueva Constitución Española fue aprobada por las Cortes el 31 de agosto de 1978 y con arreglo a lo dispuesto en la Ley Electoral de 17 de julio, se celebraron las últimas elecciones municipales el 1 de abril de 1979.
COLOFON
Bien se comprenderá que las notas que anteceden no son sino un simple esbozo, porque el tema rebasa con mucho los límites de un artículo. Nos hemos visto obligados a suprimir multitud de cosas de interés local y, sobre todo, la nómina de los Alcaldes y Concejales que han regido la vida de la ciudad durante cientos de años; nombres que, a buen seguro, habrían de despertar próximas o lejanas resonancias entre los villenenses actuales. Quédese el propósito para mejor ocasión. Y quede también constancia de que, para la recopilación de datos, nos ha sido de inestimable valor la colaboración de Antonio Cuéllar, buen conocedor de todos los recovecos del Archivo Municipal.
Extaido de la Revista Villena de 1979

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