20 abr 2023

1991 LOS SAMBENITOS DE VILLENA

LOS SAMBENITOS DE VILLENA  Por Faustino Alonso Gotor
La Inquisición fue instituida con el fin de extirpar la herejía. En la época a que nos vamos a referir, los herejes más perseguidos fueron los mahometanos españoles obligadamente bautizados, y los judíos confesos que tras haber huido a Portugal en la expulsión de 1492, regresaron a España, masivamente, después de la anexión del país vecino en 1580. Las penalidades impuestas eran varias. Una de ellas fue, la de vestir un SAMBENITO, es decir un ropaje en forma de saco amarillo, pintado con dos cruces de San Andrés y lenguas de fuego, reconocible a gran distancia y causante de indignidades y peligros a quien lo vestía por imposición.
La costumbre iniciada a principios del siglo XVI, posteriormente se hizo general y permanente por las Instrucciones Oficiales de 1561, las cuales estipulaban que «todos los sambenitos de los condenados vivos y difuntos, presentes o ausentes, se ponen en las Iglesias donde fueron vecinos... porque siempre haya memoria de la infamia de los herejes y de su descendencia»1. Cuando por el tiempo tales ropajes se destruían, eran renovados por otros a los cuales se les volvía a inscribir la frase que siempre llevaban: «Dannsa hereditas».
Los sambenitos colgados en las Iglesias, eran profundamente odiados por los pueblos dada la ignominia que llevaban consigo. La Inquisición tomaba tal determinación incluso ante sospechas no bien fundadas. En 1516 los sicilianos arrancaron los sambenitos de sus Templos y jamás fueron reemplazados. Durante 1570, Logroño, también consiguió el mismo resultado alegando al Tribunal Supremo, que tal deshonra pertenecía a las Iglesias de otras poblaciones.
Un procesado con el “Sambenito”
En 1580, los villenenses, sufrieron igual oprobio cuando la Inquisición de Murcia colgó trece sambenitos en nuestra Arciprestal de Santiago. En la década de los años sesenta del siglo XVI surgen, en Villena, dos casos premonitorios y acaso motivo indirecto de los trece sambenitos antedichos. Estos casos fueron el de Juan Martínez, alpargatero, y el de Damián Alonso, vecino de Onil2 . Ambos pretendieron avecindarse en Villena y por lo tanto estaban obligados a probar que no eran descendientes de judíos, falsos conversos o de Pachecos, según estatuía el Privilegio de Limpieza de Sangre de la Ciudad. Esta circunstancia, de dudosa probanza, fue aprovechada por la Inquisición para meterse por medio. En el caso de Juan Martínez, los villenenses lograron zafarse del sambenito, apelando que su familia y antepasados eran naturales de Villanueva de Alcaraz y por tal motivo era en aquella Iglesia donde habría de ser colgado.
El caso de Damián Alonso es curioso porque nos remonta al año 1476 en el cual, los villenenses se sublevaron contra el poder del, Marqués, expulsando y apuñalando a sus favoritos moriscos y judíos falso-conversos. Su probanza fue exhaustivamente discutida por los Regidores villenenses3 en cuya controversia, Hernando de Medina hizo notorio que por medio de los Inquisidores de Valencia, era conocedor de que, Damián Alonso, había sido Familiar de la Inquisición, y que ésta le había quitado la Familiatura porque descendía directamente de los falso-conversos expulsados de Villena hacía 80 años. Sin embargo, tras votación en dicho Ayuntamiento, fue admitido como vecino.
La tenaz investigación de la Inquisición no cesó hasta encontrar trece causas de confesos, posiblemente también la de Damián Alonso, todas ellas pertenecientes a los que sobrevivieron a las matanzas de 1476. Los inquisidores, implacablemente, colgaron los trece sambenitos en la Iglesia de Santiago de Villena el día 15 de septiembre de 1580.
La indignación de los villenenses les llevó a que, tres días más tarde, se reunieran en el Ayuntamiento, paro, semejante a la actitud de los logroñeses, recurrir al Real Consejo de la Inquisición, por medio de los letrados que la Ciudad tenía en la Corte, y aconsejados, también, por el Licenciado D. Antonio de Mergelina, con el fin de "que los dichos sambenitos se quiten de la Iglesia de Santiago". Los argumentos expuestos en dicho recurso fueron los siguientes.
Los sambenitos pertenecían a personas que delinquieron antes de establecerse, permanentemente, la Inquisición en España.
En aquel entonces tales personas fueron expulsadas de esta Ciudad, o bien muertas, por los cristianos viejos vecinos de ella.
Los Reyes Católicos, estatuyeron que ningún confeso, ni descendiente, pudiera avecindarse en Villena; por lo tanto al excluirlos de la Ciudad, entendíase que también quedaban excluidos los sambenitos citados, creados posteriormente.
La queja unánime de los villenenses de que no habiendo ningún descendiente, ni transversal, ni deudo de aquellos confesos, algunas personas que pudieran tener un nombre similar, quedaban ante alguna nota posible de infamia.
Estos argumentos fueron llevados a la Corte por el Capitán Pedro Rodríguez Navarro, con salario de 22 reales, casi el doble de lo que se acostumbraba, pagados por el erario municipal y por los vecinos. Nada consiguieron aquellos villenenses, puesto que al año siguiente volvió a hacer las mismas gestiones, en nombre de la Ciudad, D. Pedro Martínez Vizcaíno de Erquiaga4, quien estuvo en Madrid, ocupándole el viaje 126 días, contadas las trece jornadas de ida y vuelta, siendo su salario de 1.386 reales.
En 1619, vuelve a negociarse el asunto de los sambenitos por medio de Gaspar Cotes, que a su vez era Familiar de la Inquisición. Las gestiones de este villenense, de ilustre apellido, debieron ser positivas puesto que dichos sambenitos, no solamente, jamás se vuelven a citar, sino que 40 años más tarde, concretamente en el Acta de Ayuntamiento del 26 de julio de 1659, queda bien claro que «en esta Ciudad, de mucho tiempo a esta parte, no se ha visto sambenito alguno, colgado en la Iglesia Mayor»; tal manifestación fue originada porque en dicha fecha, el Tribunal de la Inquisición, remitió al Concejo villenense la noticia de colgar unos sambenitos relacionados con los portugueses que, años ha, vivieron en Villena; pero, como después veremos, este intento de la Inquisición no se llevó a efecto. En cuanto a lo relacionado con dichos portugueses, efectivamente, el primero que llegó a nuestra ciudad fue Manuel Almeida, quien pidió vecindad el 18 de octubre de 1578. Tres años después prestó 1.100 reales, nada menos, que al Ayuntamiento de Villena. Almeida se adelantó cuatro años a la expulsión definitiva de los judíos portugueses, decidida desde Lisboa. Tras él, llegó, en 1584, su yerno Duarte Rodríguez, y posteriormente: Manuel Hernández, Simón Rodríguez, Juan Almate, Gerónimo Hadida, Jaime lzmale, Francisco Corbó, Manuel Fernández, Diego Gómez con su yerno Melchor Fernández, Francisco Vázquez, Manuel Pérez y Gaspar Díaz.
Numerosas fueron las advertencias de diversos Ayuntamientos para que aquellos moradores, en Villena, que no hubiesen dado el nombre de sus padres, abuelos, y lugar de nacimiento, lo hiciesen en un tiempo determinado con el fin de que depositasen las fianzas correspondientes para que un Regidor, fuese, en estos casos, a Portugal para probar que no son, ni descienden, de confesos.
Durante el año 1607 se intensifican estas advertencias o Provisiones, llegando a cinco las que se hicieron. La última fue el 22 de septiembre en la cual el propio Corregidor es quien provee tales Probanzas o Memoriales para que se cumpla con el Privilegio de Villena, mandando «que en esta ciudad no puedan vivir de asiento, ni de morada, judíos ni conversos».
Dado el caso omiso que, tales judíos portugueses, hacían de dichas Provisiones, el Ayuntamiento sigue tratando de ello durante el año 1608. El 28 de enero, les hace advertencias nominales, y el 7 de febrero deliberan, todos y cada uno de los Regidores, y tras votación deciden, por mayoría, que se cumpla el Privilegio, y que para ello cada portugués deposite 550 reales a Lisboa y otros lugares de Portugal y comprobase sus genealogías hasta la tercera generación. Notificado este acuerdo, concretamente a tres judíos, éstos apelaron estableciendo pleito contra el Ayuntamiento de Villena ante el Alcalde Mayor, quien por residir en La Roda tuvo que ir un Regidor allí, ocupándose diez días: cuatro de estancia y seis de ida y vuelta.
El 19 de enero de 1609, el Alcalde Mayor cita al Ayuntamiento para oír la sentencia sobre la vecindad de los portugueses. Fue un Regidor, mas, concretamente, nada nos aclaran las Actas de los Cabildos posteriores a este último acto.
Es evidente que los portugueses continuaron varios años más en Villena, y además lo hicieron con holgura económica. Veamos: El 25 de agosto de 1613, Melchor Fernández pleitea con un albañil porque no le paga la renta de la casa que le tiene alquilada.
[19 de febrero de 1614, Diego Gómez es nombrado Cogedor de Bulas, algo así como un Recaudador; además tiene un estanco de pimienta, es decir el monopolio de venta de esta especia.
El 11 de agosto de 1616, Francisco Vázquez, obtiene licencia del Ayuntamiento para que de la Sierra de la Villa, se le den seis pinos para revoltones y dos lomeras de pinos donceles para la obra de su casa.
Auto de fe presidido por Santo Domingo de Guzmán (detalle), por Pedro Berruguete (Museo del Prado).
A la derecha se ven dos condenados desnudos y atados al poste del quemadero: al pie, otros dos con la coroza y el sambenito, en el cual una leyenda reza "Condenado herético": uno de los reos recibe las exhortaciones de un fraile.
Isabel Díaz, portuguesa, tiene un litigio con el matrimonio Miralles, relacionado con las casas de ambos litigantes. Este último dato de la existencia de los portugueses en Villena, es ya, del 22 de abril de 1622.
Según se manifiesta en la citada Acta del 26 de julio de 1659 sobre «unos portugueses que MORARON en esta ciudad», es razonable deducir que los judíos citados tuvieron que marcharse de Villena. Opinamos que su expulsión estuvo entroncada con algún acontecimiento nacional, y este bien pudo ser en la década de los años 1640..., durante la cual los judíos portugueses sufrieron dos hechos que anularon la tolerancia que Felipe IV tuvo con ellos: la sublevación e independencia de Portugal, por cuyo motivo se le consideraba «quintacolumnistas» dentro de España; y la caída del Conde Duque de Olivares, verdadero tutor de ellos, en correspondencia a su apoyo financiero5.
Cita Kamen, que en la década de los años 1650..., se vio el comienzo de las detenciones en masa, y procesos que constituyeron, ni más ni menos, que el reinado del terror para la minoría de los judío-conversos portugueses que vivían en España. No es de extrañar que en dicha década, la Inquisición nos enviase los antedichos sambenitos que volvieron a motivar la protesta del Ayuntamiento villenense, el cual con el fin de conservar el Privilegio, una vez más, comisionó a dos Regidores, quienes escribieron al Tribunal de la Inquisición, para que ésta suspendiese la ejecución de colgar, nuevamente, aquellos trajes de infamia que recordaban a los colgados 79 años antes, es decir en 1580.
Leídas todas las Actas de Cabildos Municipales, desde la citada, fecha del año 1659 hasta 1820 en que quedó abolida la Inquisición, y luego hasta el año 1834 durante el cual se suprimió, también, su «sucedáneo» el Tribunal de la Fe, hemos observado que no solamente nada se cita, sobre los sambenitos, sino que la Inquisición aparece en Villena solamente por dos motivos: uno, la presentación del título de Familiar por algunos villenenses a lo largo de todos estos años, siendo el último el presentado el 5 de Diciembre de 1737, por Pascual Ortuño con el fin de ocupar la vacante que habría que producirse en Yecla. El segundo motivo era la llegada a Villena del Ejecutor de la Inquisición de Murcia para cobrar un préstamo que le concedió, al Concejo villenense, el 13 de noviembre de 1611, definido del modo siguiente: el motivo fue la falta de dinero, en las arcas municipales, para pagar el gasto que llevaba consigo el larguísimo Pleito de los Alhorines mantenido con Caudete. La cantidad del censo o préstamo ascendió a mil ducados, es decir a 11.000 reales. Los periódicos de cobro eran anuales, mas dadas las dificultades económicas del Ayuntamiento villenense, el citado Ejecutor, venía cada dos años, para cobrar unos 600 reales anuales. Posteriormente los períodos se hacían cada vez más distantes, a veces de decenas de años, hasta que el 2 de julio de 1759, es la última vez que leemos sobre esta larga deuda del Ayuntamiento de Villena al a Inquisición de Murcia. Los sambenitos quedaron en el olvido, exactamente desde un siglo antes.
NOTAS Y BIBLIOGRAFIA
1 «La Inquisición española». Henry Kamen; Alianza Editorial, Madrid 1974; página 141.
2 «Villena, Ciudad Estatuto». F.A.G.; inédito. Año 1974, Villena.
3 «Acta de Ayuntamiento del 3 -febrero-1566». Archivo Municipal.
4 «Acta de Ayuntamiento, 3 de diciembre 1581». Archivo Municipal de Villana (A.M.V.).
5 Henry Kamen, op. cit., páginas 228 y s.s.
Revista «Marquesado». Editó Círculo Agrícola Mercantil. Villana, diciembre 1980; número 3, página 5.
«Otras Actas del Ayuntamiento» del A.M.V. cuyas fechas corresponden a las citadas en este artículo.
Extraído de la Revista Villena de 1991

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