11 abr 2024

1994 VILLENA EN EL TRATADO DE ALMIZRA: SU ANTES Y DESPUÉS HISTÓRICOS

Villena en el tratado de Almizra: su antes y después históricos
Por FERNANDO COSTA VIDAL
En este año de 1994 se cumple el 750 aniversario de uno de los hechos de mayor relevancia del devenir histórico de la comarca del Alto Vinalopó dentro de la que Villena ocupa un lugar preeminente y brilla con luz propia.
NOS referimos al acuerdo que el día 26 de marzo de 1244 firmaban, en Campo de Mirra, el Rey aragonés Jaime I el Conquistador y el entonces Infante D. Alfonso, futuro Alfonso X el Sabio de Castilla. Del convenio, reconocido con el nombre de Tratado de Almizra, fue publicada una transcripción latina en 1905 por el historiador Giménez Soler, pero será el abogado y también historiador valenciano Salvador Carreres Zacarés quien nos proporcionó una traducción del documento, localizado por Roque Chabás en el Archivo General de la Corona de Aragón, en su discurso en el ejercicio del grado de Doctor en Filosofía y Letras en la Universidad Central el día 2 de junio de 1908 y que cuyo contenido es el siguiente:
«Sobre la partición de la conquista de España, que ha sido hecha entre los ilustres Jaime, Rey de Aragón, Mallorca y Valencia, conde de Barcelona y Urgel, y señor de Montpeller y el Infante D. Alfonso, primogénito del ilustre Fernando, Rey de Castilla y Toledo, León, Galicia, Córdoba y Murcia, hecha amigablemente entre ellos del siguiente modo:
Que el ya dicho Rey Jaime, por sí y sus sucesores, concede y determina para el citado Infante D. Alfonso y sus sucesores perpetuamente el castillo y villa de Alicante con todos sus términos y Aguas y Busot con todos sus términos también, según por tierra se camina y sale al puerto de Biar, y el castillo y villa de Villena con todos sus términos y todos los otros que están más allá del término de Biar, así como van al puerto de Biar entre los términos de Biar y Villena y hacia la parte de Murcia y Castilla, salvo íntegramente estos dos términos y todos los otros; así como se camina entre el término de Almizra y el de Bugarra, salvo estos dos términos íntegramente, y así como se camina hacia el principio de la sierra de la Rua, que está sobre Ayora, según que las aguas vierten de dicha sierra de la Rua a la parte de Castilla, y así como dicha sierra de la Rua está donde muere el Cabriel en el Júcar. De un modo semejante, el Infante D. Alfonso, primogénito de D. Fernando, Rey de Castilla, concede y determina, por sí y todos sus sucesores, al ya dicho Jaime, Rey de Aragón, y sus sucesores perpetuamente, el castillo de Castalla con todos sus términos, y los de Biar y Almizra con todos los suyos y todos los que son de dichos castillos de Alicante, de Aguas y de Busot, salvo íntegramente estos castillos y sus términos, como se dice más arriba, y todos los que están debajo del puerto de Biar hacia Játiva, Denia y la otra tierra del Reino de Valencia, y todos los otros, así como se camina entre los términos arriba asignados, conforme las aguas vierten a la parte de Valencia. También, esta división procede hasta donde el Cabriel entra en el Júcar y desde el Júcar hasta Biar, según antes dicho. Como cada uno, pues, esté contento plenamente de la parte y porción así asignada, prometen de buena fe, recíprocamente y sin fraude ni engaño alguno, que no permitirán que ninguno de los dos haga, perciba o consienta ninguna dificultad en la ya dicha parte a cada uno asignada; antes bien, para que la ya dicha división tenga perpetua firmeza y sea siempre firme, dicho Rey e Infante le dieron fuerza con sus sellos. Dada en Almizra, cuando allí tuvieron coloquio. A veintiséis de marzo del año 1244. Era 1282. Son testigos:
Arnaldus Episcopus Valentie.
Fr. Guillermus de Cardona Magister Templi Aragonum.
Fr. Vgo. de Folialquer Castellanus Emposte.
Guillermus de Moncada Eximenius de Foces.
Eximennius Petri tenens Iocum domini Regis in Valentie.
Magister Martinus archidiachonus Valentie.
Gundisalvus Episcopus Conquensis.
Martinus Martini Magister Templi in tribus Regnis Yspanie.
Pelagius Petri corrigia magister militiae Sancti Jacobi.
Didacus lupi de faro. Alfonsus Tellez.
P. Munionis de Guzman. Gundizalvus remirez. P. Guzman.
Signo, Guillermus, secretario que escribió lo antes dicho por mandato de los ya citados Rey e Infante D. Alfonso en el lugar, día, año y era fijados».
Monolito conmemorativo del 750 aniversario del Tratado de Almizra.
Puede considerarse ese Tratado como una consecuencia histórica de los anteriores de Tudillén y de Cazola, refrendados en el siglo anterior.
Por el Tratado de Tudillén, también llamado de Tudellén o Tudején, concertado el 27 de enero de 1151 entre Alfonso VII de Castilla y Ramón Berenguer IV de Aragón, ambos monarcas acordaron, además de una declaración conjunta de guerra contra Navarra con la finalidad de repartirse este Reino, delimitar las zonas respectivas de reconquista de las tierras musulmanas del Levante español.
Según lo pactado en el Tratado, Ramón Berenguer recibía del monarca castellano el derecho a extender sus conquistas por el Reino de Valencia desde Tortosa al Júcar, por la taifa de Denia y por el Reino de Murcia, a excepción de Lorca y de Vera, a cambio de vasallaje a la corona de Castilla por los territorios conseguidos.
Torre del castillo, adosada a la ermita de S. Bartolomé. 
En este lugar se firmó el Tratado de Almizra.
Años más tarde, alcanzado por el Rey aragonés un poder político considerado no inferior al de Castilla y deseando despojarse de la supeditación vasallática de su corona hacia la castellana, consintió renunciar al derecho de conquistar el Reino de Murcia en favor de los castellanos y así verse liberado del sometimiento de vasallaje adquirido anteriormente por el citado Tratado de Tudillén.
Por ello, en marzo de 1179, se firmaba el nuevo Tratado de Cazola (no Cazorla, como erróneamente se cita en determinadas ocasiones) en un lugar situado entre Ariza y Medinaceli, llamado en la actualidad Corral de Cacala, entre Alfonso VIII de Castilla y Alfonso II el Casto de Aragón, en el que se estipulaba:
«que todo el Reino de Valencia, sin contradicción alguna, fuese de la conquista y señorío del Rey de Aragón, y la ciudad de Játiva y Biar, con sus términos desde el puerto que está allende Biar, a esta parte, y con la ciudad y Reino de Denia, dejando al Rey de Castilla la otra tierra y señorío que está de la otra parte del puerto de Biar» (1).
Por este Tratado, Castilla concedía a la corona catalano-aragonesa el privilegio de reconquistar todos los terrenos situados en la parte septentrional de una nueva línea fronteriza que se trazó por Biar, puerto de Biar, Castalla, Xixona, Busot y Calpe, quedando para Castilla las tierras alicantinas y murcianas situadas al sur de estos puntos nombrados. Con esta renuncia a la conquista del Reino de Murcia, Alfonso II de Aragón lograba zafarse de su vasallaje feudal debido a Castilla, a cambio de ver cerradas sus posibilidades de expansión territorial por el sudeste peninsular.
Respetado fue este Tratado en ciertos momentos puntuales como lo demuestra el hecho de que el soberano musulmán Zayyan B. Mardanis, apenas coronado Rey de Murcia en 1239, ofreció al Rey aragonés Jaime I el canje de la ciudad de Alicante por la isla de Menorca, a lo que no accedió el monarca aragonés por los acuerdos fronterizos castellanos-aragoneses firmados por sus antecesores tal como indica en su crónica al decir que «...no se lo tomara Zayyan a mal...» «...porque así se lo vedaban los acuerdos suscritos por sus antepasados, los que en modo alguno estaba dispuesto a violar».
Sin embargo, sí que fue vulnerado dicho Tratado de Cazola en otras ocasiones, tanto por la Corona de Castilla como por su antagónica, la aragonesa, pues el Infante D. Alfonso, hijo del Rey castellano Fernando III, negoció con el alcaide moro de Játiva para que se rindiera a Castilla, mientras que el aragonés Jaime I en 1240 obtenía, mediante convenio con un caballero de Calatrava que los poseía por el Infante castellano, la entrega de los castillos de Villena y Sax, como también los de Caudete y Bogarra que le rindieron los moros, y que pertenecían a la conquista por parte de Castilla.
La tensión creada entre ambas coronas por la vulneración del Tratado de Cazola llevó a la búsqueda inmediata de un pacto que permitiera la vuelta a la convivencia pacífica entre ambos Reinos. La solución fue la firma del Tratado de Almizra. Con él se delimitaba definitivamente la línea fronteriza entre ambos Reinos ratificando las fronteras del Tratado de Cazola, con la modificación de que el puerto del litoral descendía desde Calpe al Barranco d'Aigües, quedando el límite fijado entre los Reinos de Valencia y Murcia por Biar, puerto de Biar, Xixona, Busot, Aguas de Busot y Barranco d'Aigües, y devolviendo Villena, Sax, Caudete y Bogarra a los dominios de Castilla.
Y fue esta frontera la que marcó la primera división lingüística entre castellanos y valencianos que explica el habla castellana de Villena y la valenciana de Biar y Campo de Mirra.
Tan pronto como después, en 1252, por la muerte de Fernando III, el Infante D. Alfonso ocupó el trono de Castilla, en uno de sus primeros actos de estado que realizó en las ciudades ganadas a los musulmanes, las convirtió en poderosos concejos castellanos, dotándolos de amplios términos municipales que donó a algunos de sus allegados. Así lo hizo creando el señorío de Villena con que favoreció a su hermano el Infante D. Manuel en el año 1258, quien no supo captarse la voluntad de sus moradores (cristianos viejos, almogávares y moros nuevos) que se sublevaron en 1261.
En estas circunstancias, el monarca castellano Alfonso X que se hallaba en Segovia al iniciarse la rebeldía, requirió el auxilio del Rey de Aragón con quién, de nuevo, había reanudado sus relaciones. Desde Valencia partió en 1265 el propio Rey aragonés D. Jaime con sus huestes hacia Biar. Desde allí requirió a los moros de Villena que se redujeran al vasallaje del Infante D. Manuel contra quien se habían sublevado, consiguiendo su propósito.
Mosaico sobre el muro del castillo que conmemora la firma del Tratado.
Posteriormente, un nuevo Tratado, el de Torrellas-Tarazona, se firmaría el 8 de agosto de 1304 por el que un tribunal arbitral compuesto por D. Dionis, Rey de Portugal; el Infante D. Juan, hijo del Rey Alfonso y D. Jimeno de Luna, Arzobispo de Zaragoza, designados por los Reyes de Castilla y Aragón, Fernando IV y Jaime II, respectivamente, dictaron una sentencia por la que se decía que Cartagena, Alicante, Elche, Elda, Novelda y Orihuela con todos sus términos y pertenencias, exceptuadas las ciudades de Murcia y Molina con sus términos pasasen a la propiedad del Rey de Aragón y de los suyos con pleno derecho y señorío, «...salvo que Villena quanto a la propiedad romanga é finque á Don Johan Manuel...» (2) hijo del Infante D. Manuel y conocido y afamado autor, entre otras obras, del «Libro del cavallero e de escudero», «Libro de los Estados» y «El conde Lucanor».
— Seguía indicando la sentencia que:
«...mas que Villena é aquellos castiellos, que son dentro de dichos términos sean de la jurisdicción del Rey Daragón. E que el Rey don Fernando quanto es á esto de Villena é de los otros lugares, qui son dentro los dichos términos, absuelve los seniores daquellos de toda naturaleza, é deudo é fé quel fuesen tenidos, por que por aquellos deben seer é serán daqui adelant de jurisdicción e seniorio del Rey Daragón» (3).
Pero este señorío de Villena acabó al revertir a la corona castellana por el matrimonio de D. Juana Manuel con Enrique II Trastámara de Castilla que creó el marquesado de Villena en 1366. Este marquesado fue el segundo de los creados en España (el primero fue el de Tortosa en el año 1332) y de los más apreciados por la nobleza. Se extendía por parte de las actuales provincias de Almería, Murcia, Albacete, Alicante, Valencia y Cuenca, comprendiendo veintitrés ciudades, entre ellas Villena, Belmonte, Chinchilla, Iniesta, Jumilla, Albacete, Almansa, Villarrobledo, Zafra de Záncara, Alcalá, La Roda, Hellín, Sax, Alarcón, San Clemente, Munuera y Vélez-Rubio.
El marquesado fue otorgado al Infante Alfonso de Aragón por la ayuda que éste prestó a Enrique de Trastámara durante la guerra civil castellana.
Tras varias alternativas, el marquesado llegó a manos de los Pacheco en 1445. Diego López Pacheco sería el último marqués efectivo de Villena ya que en 1476, tras luchar en la batalla de Toro al lado de Juana la Beltraneja frente a Isabel de Castilla, además de una sublevación popular, indujeron a los Reyes Católicos a arrebatarle sus posesiones, aunque conservó el título, y reintegrar el extenso marquesado villenense a la Corona, siendo Carlos I quien, posteriormente concedió a Villena en 1525, por su participación en la guerra de las Comunidades de Castilla, el título y privilegios de ciudad.
NOTAS
(1) Zurita: Anales de Aragón. Lib. II, cap. XXVII.
(2) Archivo de la Corona de Aragón. Legajo de pergaminos de 1304, agosto, n.º 66.
(3) ldem.
Extraído de la Revista Villena de 1994 

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