20 may 2026

1998 UN PROYECTO DE COLEGIO-RESIDENCIA DE LA COMPAÑÍA DE JESÚS EN LA CIUDAD DE VILLENA EN 1701

Un proyecto de colegio-residencia de la Compañía de Jesús en la ciudad de Villena en 1701. Juan B. Vilar – Universidad de Murcia
Nota preliminar
A comienzos del siglo XVIII Villena era una pequeña aunque relativamente floreciente localidad agrícola de 3.550 vecinos, unos 15.975 habitantes, término incluido -datos de 1713 -, estratégicamente situada en la intersección de los caminos que comunicaban Valencia y La Mancha con Murcia y Andalucía. Quedaba dentro del reino murciano y era cabeza de un extenso partido o corregimiento, que incluía los términos de Sax, Veda, Caudete, Almansa, Alpera y Montealegre, aparte del suyo propio, territorio hoy repartido entre las provincias de Alicante, Albacete y Murcia. La población del corregimiento en el año expresado era de 15.054 vecinos o cabezas de familia, unos 97.743 habitantes.
Desde tiempo atrás la ciudad abrigaba el proyecto de abrir en ella un buen colegio de la Compañía de Jesús, que cubriese adecuadamente sus necesidades docentes y las de la extensa circunscripción administrativa de ella dependiente. De hecho era frecuente la presencia de jesuitas en Villena desde el siglo XVI, llamados por el clero secular, y por el propio cabildo concejil, según consta en las actas capitulares de la ciudad, al objeto de reforzar e impulsar las tareas pastorales en cuaresma, festividades señaladas y con ocasión de las misiones populares, que solían ser encomendadas a ellos con preferencia a los religiosos de otros institutos, a pesar de contar la ciudad con sendas comunidades de franciscanos descalzos y agustinos calzados, También recurrían a aquellos las profesas del monasterio de Madres Trinitarias, dada la reconocida especialización de los padres de la Compañía como predicadores y directores de conciencias. Especialmente confesores de monjas.
Por otra parte, no era extraño que las familias más sobresalientes de la localidad enviasen a sus hijos a educarse en colegios de jesuitas, con diferencia los mejores en la época. Sobre todo a los más próximos, situados en Albacete, Valencia y Murcia. En particular a este último, uno de los más prestigiosos de España.
Tan variadas conexiones explica que Villena aportase a la Compañía desde el despegue inicial de ésta un número estimable de vocaciones en sus diferentes niveles. Desde profesores, misioneros y predicadores de cierto renombre como el P. Bartolomé Soria (1608-1669), rector en Almagro y Murcia; o el P. Pedro de Gazque, nacido en 1639, que desempeñó diversos cargos en la Compañía, y que debía vivir todavía en 1700(4), a oscuros legos tales como el hermano Andrés de la Plaza, nacido en 1546, recibido en la Compañía en 1571 y que en 1593 se hallaba en Toledo con pocas fuerzas ; Juan de Rocamora, nacido en 1631 y que entró en religión en 1649, año en el cual se le localiza en la residencia-colegio de Murcia(4) como cocinero(7); el también cocinero y despensero Juan de Soto, nacido en 1628, hermano lego desde 1650 y que durante muchos años rodó con esos oficios, y con el de hortelano, por los colegios de Caravaca, Talavera, Guadalajara y el Seminario Inglés de Valladolid, para acabar sus días como sacristán del de Murcia; o Bernabé Robisco, nacido en 1638, hermano desde el 60, enfermero en los colegios de Belmonte y Murcia, donde también fue -portero de la puerta del carro-(8) hasta su muerte en 1676.
En 1700 la Compañía de Jesús contaba con cinco colegios en el reino murciano. El principal y más antiguo era el de San Esteban, en la ciudad de Murcia, fundado en 1555 (todavía en vida de Ignacio de Loyola) por el obispo de esa diócesis, el portugués Esteban Fernándes de Almeida, si bien las obras de su magno y fastuoso conjunto arquitectónico renacentista no concluyeron hasta 1588, en tiempos del mitrado Jerónimo Manrique de Lara, otro benefactor de la Compañía.
El colegio de San Esteban figuró siempre entre los primeros de España en razón de su pujanza, prestigio y proyección, siendo además uno de los de mayor renombre en Europa. Por sus aulas pasaron una parte considerable de los jesuitas formados en la Península por tener asignados el segundo curso de filosofía y uno de teología dentro del plan de estudios rotatorio articulado entre los principales colegios de la Compañía en territorio español metropolitano. A su vez funcionaba desde la década de 1630 como estudio abierto a clérigos y alumnos seculares, en colaba ración con otro centro jesuita alternativo, también en Murcia, el colegio de la Anunziata. De forma que, a todos los efectos, ambas instituciones educativas cumplían funciones de Universidad.
Los otros colegios de la Compañía de Jesús en el reino de Murcia fueron los de Caravaca y Segura de la Sierra (además del de Alcaraz, ciudad entonces adscrita al reino y archidiócesis de Toledo), a los que pronto se sumó el de Albacete, siendo más tardío el de Cartagena, que se dejó esperar hasta 1690. Los jesuitas poseían además en tierras murcianas una residencia campestre (con granja pero sin colegio) en Molina de Segura, en una vasta propiedad perteneciente a la Compañía.
Mediado el invierno de 1701, el padre Agustín de Castejón se hallaba en Villena dedicado a diferentes encargos pastorales. La ciudad aprovechó el paso por la misma del jesuita para gestionar la apertura de un colegio de la Compañía. A tal fin fue reunido en 9 de febrero un cabildo para tratar del asunto. Concurrieron al mismo el corregidor de Villena y su partido, el licenciado don Gregorio Pardo de Seijas, en su condición de presidente; el alguacil mayor y caballero de Montesa, don Luis Antonio de Mergelina y Mota; y los regidores don Alonso Miño y Domenech, caballero de Santiago; don Cosme de Selva y Mergelina; don José Cervera y Gazque; don Juan Gazque de Mergelina; don José Mergelina y Bolimbro; don Antonio Díez y Navarro; don Juan Herrero y Díaz; y don Francisco Alpañez y Ossorio, este último procurador sindico general de la ciudad. Todos ellos pertenecientes a las más influyentes familias locales.
Acordaron comisionar al alguacil mayor y a don Alonso Miño, como caballeros de mayor representación y amigos de los jesuitas, para que negociaran con estos la apertura de un colegio en Villena y practicasen las demás gestiones necesarias para la consecución de ese objetivo, Justificaban tal acuerdo en razón de ...los deseos que Hilan manifestado muchos vecinos de qe. se funde Colegio de la Compañía de Jesús en esta Ciudad por considerarse será de suma importancia para el bien público.
A tal fin era imprescindible recabar el apoyo del obispo de la diócesis para que consintiera en aplicar algunas rentas eclesiásticas a esa finalidad, gestión que Castejón se comprometió a iniciar a su regreso a Murcia y, de otro lado, interesar también en la empresa al clero secular de Villena. Comenzando por el arcediano de la iglesia arciprestal de Santiago y comisario del Santo Oficio en el distrito villenense, don Pedro Miño y Domenech, hermano de uno de los dos comisionados designados para atender en el asunto del colegio.
Habiendo transcurrido un mes de intensas gestiones, en 6 de marzo se reunió otro cabildo para ver el estado en que se hallaban las realizadas por Mergelina y Miño, impulsarlas, y aportar los fondos necesarios, tanto comunales como de los regidores a título particular. Concurrieron los capitulares ya mencionados, a quienes se incorporaron otros tres, don Pedro Herrero de Campos, don Francisco Cervera y Fernández de Palencia, y don Antonio Herrero Vicente, ausentes en el cabildo anterior.
Los informes aportados por Miño y Mergelina no podían ser más alentadores. El cabildo eclesiástico de Santiago había acordado apoyar incondicionalmente el proyecto por considerar -…muy combeniente la dicha fundación- y -...de sumo beneficio para el bien publico de esta república-.
En cuanto a las gestiones practicadas por el jesuita Castejón con el obispo don Francisco Fernández de Angulo, no podían ir por mejor camino. Según escribió Castejón a ambos comisarios, el dicho, -..Señor Obispo entra muy bien en la referida proposición, y ofrece no solo interponerse con Su Santidad y con Su Magestad para que se consiga la renta de algunos préstamos y beneficios simples que (h)ay en esta ciudad, si que juntamente ofrece ayudar en quanto pudiese. Y que assimismo lo ha participado a su probisor, quien assimismo combiene en la dicha fundación, y asegura las licencias de su Ilustrísima y de la religión, y para ello, dice, combiene sauer el esfuerzo que el todo de esta república puede hacer para la ayuda de la dicha fundación.
No cabía esperar menos del mitrado Fernández de Angulo, titular de la sede de Cartagena desde 1696 y anteriormente canónigo doctoral de Osma y de Toledo, y obispo de Urgel, muy entregado al ministerio pastoral y a obras de beneficencia y enseñanza, dado que en el breve espacio de tiempo que llevaba en la diócesis, apenas un lustro, había tomado a su cargo la reconstrucción del magno colegio franciscano de la Purísima, en Murcia (destruido por la riada de 1697), erigió numerosas parroquias por toda la diócesis, protegió las órdenes religiosas más necesitadas y fundó diferentes instituciones benéficas en favor de pobres y desvalidos. Cuando en 1701 le fue planteada la posibilidad de abrir en Villena un colegio de la Compañía, el obispo se afanaba en la edificación de un hospital para sacerdotes ancianos e indigentes, que, en efecto, fue inaugurado en 15 de agosto de ese año. (15)
Todo ello explica la determinación con que Angula apoyó el proyecto de Villena, claro está que la curia diocesana subordinaba esas ayudas a la cuantía del esfuerzo básico, que obviamente debería ser realizado por los promotores y beneficiarios principales del establecimiento docente proyectado. Por tanto, era llegado el momento de que la corporación concejil pasara de las promesas y las buenas intenciones a los hechos, es decir, a reunir los recursos imprescindibles que posibilitasen la creación y mantenimiento del colegio.
En el ya mencionado cabildo reunido al efecto en 6 de marzo, el primero en tomar la palabra fue el regidor Miño, En el nombre de su hermano el arcediano de Santiago ofreció -...unas casas que tiene contiguas al (h)ospital de esta Ciudad-, así como renunciar en favor del colegio al préstamo que disfrutaba en la iglesia arciprestal, si bien para esto último se requerían las correspondientes bulas papales, que era de esperar se obtuvieran sin especial dificultad, dada la finalidad de la cesión y los ofrecimientos del obispo.
Hay que decir en honor al arcediano que todo le pareció poco con tal de promover la, -...educación y enseñanza de los vecinos de la Ciudad y demás lugares de su corregimiento y comarca-, es decir, del arciprestazgo que regentaba. Pero su noble y generoso gesto no fue secundado por el restante clero secular. Tampoco por el conventual, con su propia problemática e intereses, más o menos alejados de los objetivos que se trataba de promover. No sorprende que el concejo reputara de heroica acción» la del cura de Santiago.
Una acción en la que, sin demérito del donante, debieron influir consideraciones de orden familiar, Más que en función de su hermano don Alonso, el regidor y caballero santiaguista, por la intervención de un tercer personaje de igual apellido, el padre Francisco Miño, hijo de Villena, y una de las más altas dignidades de la Compañía en España por su condición de provincial de Toledo, dentro de cuya provincia quedaba, como ha sido apuntado, su ciudad natal y todo el reino de Murcia.
Desconozco el parentesco entre este jesuita nacido en Villena en 29 de noviembre de 1627 y el regidor y arcediano de igual apellido. Acaso fuera hermano mayor de estos, o bien tío paterno de ambos, y en uno u otro caso protector de los dos. No parece descabellado conjeturar que la idea inicial del colegio fuera del jesuita, deseoso de favorecer a su ciudad natal, idea a la que se sumaron de inmediato arcediano y regidor, principales mentores del proyecto en la localidad.
Arnaldos nos aporta una micro biografía de quien fue sin duda uno de los villenenses más ilustres del siglo XVII. Nacido en 1627, como queda dicho, entró en la Compañía como novicio en 1645 e hizo los cuatro votos como profeso en el 62. Durante varios años fue profesor de gramática, filosofía y teología moral en diferentes colegios. Designado rector del de Alcaraz, hizo en el mismo una brillante gestión que le catapultó a los más elevados puestos de su instituto en España: procurador en el Colegio Imperial de Madrid, rector del de Toledo, prepósito de la Profesa de Madrid y provincial de la provincia de Toledo, cargo que desempeñaba cuando se suscitó el asunto del colegio.
Un asunto que, aunque contó con el firme, y según se verá nada desinteresado respaldo del concejo de Villena, parece que en todo momento anduvo sobre todo entre eclesiásticos, dado que en ambientes seculares de la urbe no se dio ni un solo ofrecimiento. De forma que para subsanar en lo posible ese vacío los miembros de la corporación concejil acordaron aportar por una sola vez 2.000 ducados de vellón con cargo a sus sueldos y rentas particulares, debiendo posponerse la entrega de esa suma a la obtención de las bulas sobre el préstamo de Santiago y a la propia fundación del colegio, y siempre que la apertura tuviera lugar dentro de un plazo de tiempo que debería ser fijado, pasado el cual cesaba tal compromiso.
Más vinculante resultó ser otro acuerdo del concejo adoptado en la misma sesión, según el cual eran señalados al colegio 200 ducados de renta anual. La mitad consignados a los propios de la ciudad y la otra a los del Pósito. En el caso de que el Consejo de Castilla no autorizase esto último, iría con cargo a los arbitrios que garantizaban el sueldo del corregidor, -y que si faltare para dicho salario se reparta (la suma necesaria en derrama) a los vecinos de esta Ciudad como se hacía antiguamente [en situaciones similares-.
Los 200 ducados deberían ser asignados como sueldo anual -...para dos maestros de escuela para la enseñanza de las primeras letras de leer, escriuir, contar y doctrina christiana-. Nada se decía de la retribución de los profesores de nivel superior, obviamente imprescindibles en un colegio de la Compañía, dándose por sentado que ésta debería correr con su sostenimiento, por cuanto los 2.000 ducados a desembolsar por una vez apenas alcanzarían a cubrir los gastos de fundación.
Es más, tal como los ediles presentaban el asunto del colegio a la opinión pública y a las autoridades superiores que deberían aprobarlo en la corte, no se trataba de hacer sacrificios en aras de la extensión de la educación y la cultura, objetivo por lo demás plenamente justificable y defendible, sino una oportunidad para liberar a la hacienda concejil del oneroso mantenimiento de la escuela local de primeras letras y otra de gramática, en total 400 ducados anuales, -..,doblada cantidad de la que se ofrece a los Padres de la Compañía-. Si a esto son añadidas otras ventajas (-...se mejora de maestros y se seguirán otras mayores conveniencias -atracción de alumnos foráneos, etc.-)- se comprende que los regidores vieran en el proyecto sobre los jesuitas, en caso de llevarse a término, un negocio redondo para la ciudad, para cuya consecución bien podía algún pequeño sacrificio.
Iglesia y colegio de la Compañía de Jesús en Murcia. Vista exterior
En suma, la ciudad de Villena ofrecía para la fundación y mantenimiento del colegio: 2.000 ducados iniciales, 200 anuales, y las rentas obtenibles de las casas cedidas por el arcediano Miño y del préstamo de que disfrutaba el mismo en la iglesia arciprestal de Santiago. Poca cosa para sacar adelante un empeño de tal magnitud. A ello se sumaba el hecho de que el destartalado inmueble que servía de asiento hasta el momento a ambas escuelas de primeras letras y gramática, ofertado como sede a los padres de la Compañía, no parecía a propósito para la fundación a que era destinado. Ochenta y dos años antes (1609) la villa de Hellín ofreció bastante más": una buena casa con su huerto en el centro del pueblo, materiales de construcción y mano de obra para los arreglos y 4.000 ducados anuales durante diez años, a cambio de una pequeña comunidad formada por dos profesores de gramática, un predicador y un confesor sea por escasez de personal u otros motivos, la fundación no se hizo.
Consciente de la mezquindad de su oferta, el concejo de Villena acordó en la expresada sesión de 6 de marzo de 1701 que debería ser mejorada mediante aportaciones privadas. A tal efecto exhortó a los dos comisionados para que las obtuvieran de - ....los Cabildos eclesiásticos y los particulares que se considerase pueden contribuir para esta fundación-, y una vez logradas, negociaran en la curia diocesana su autorización, -...y se les de poder..-, para el buen logro de dicha fundación. 
El viejo caserón de las escuelas hubo de ser descartado para instalar en el mismo el colegio-residencia proyectado al no reunir las condiciones mínimas requeridas para tal fin. Por ellos el concejo acordó proponer el hospital, inmueble mucho más espacioso, que contaba además con dos ventajas añadidas: tenía iglesia, y tanto ésta como el edificio podían ampliarse con las casas cedidas por el arcediano. A tal efecto fue trazado un diseño de la planta, que llevaron consigo a Murcia los comisionados Mergelina y Miño para someterlo a la consideración de los jesuitas. Y en caso de ser aprobado el traslado del hospital, éste sería instalado en otro edificio apropiado.
Para entrevistarse con el prelado y con el rector de la Compañía, y realizar otras varias gestiones en relación con el colegio, pasaron a Murcia don Luis Antonio de Mergelina y don Alonso Miño, quienes permanecieron en esa ciudad casi todo el mes de marzo y parte de abril. La acogida que les dispensó el obispo no pudo ser más favorable. No sólo consintió en la transferencia a los jesuitas de la casa y préstamos ofrecidos por el arcediano villenense, sino que se comprometió a agilizar las gestiones para la obtención. de las correspondientes bulas papales y cédulas reales. Además ofreció consignar al futuro centro educativo las rentas de tres capellanías existentes en Villena, de que era patrón el mitrado, ...para después de los días a qe. de presente las poseen, es decir, conforme fueran quedando vacantes por fallecimiento de sus titulares. De éstas, las de Santi Spiritus y San Antonio Abad se situaban en la iglesia parroquial de Santa María, en tanto la tercera, bajo la advocación de la Magdalena, lo era en la de Santiago (1).
Además el obispo se comprometió a equipar la sacristía de la iglesia del colegio «de todos los ornamentos y demás cosas necesarias para el servicio de ella. Estos ofrecimientos fueron consignados por escrito en una carta dirigida al justicia y regidores de la ciudad de Villena, que deberían entregar en mano a su regreso los comisionados Miño y Mergelina.
Iglesia y colegio de la Compañía de Jesús en Murcia. 
Vista exterior. Claustro de acceso.
Hecho esto, se entrevistaron con el rector de la Compañía en Murcia, padre José Antonio Zapata, quien se mostró encantado con el incremento de bienes y rentas anunciado, como también, y sobre todo, con el canje del edificio ofrecido inicialmente por otro más adecuado a las necesidades del colegio y residencia que se trataban de establecer. Él, por su parte, ofreció el personal necesario (en 1700 San Esteban contaba con 21 padres, 11 coadjutores y 21 novicios estudiantes, en total 53 religiosos, y ya que no recursos económicos, sí asesoramiento jurídico para realizar los trámites pendientes en Murcia, Madrid y Roma en el menor tiempo posible. Lo más práctico, según sugirió, era poner el asunto en manos del provincial de Toledo, con quien debería tratar directamente en la capital una delegación de Villena, como también -…con otras personas qe tuviesen  práctica del modo de despachar en Roma-. 
Como quiera que el traslado del hospital no podía ser autorizado sin que se demostrase con informes contrasta-dos que el canje era necesario por razones de fuerza mayor, y en todo caso la institución benéfica afectada mejoraría en instalaciones y rentas, ambos comisionados sometieron a diferentes informes periciales los planos del edificio y la memoria razonada sobre las ventajas y desventajas de hacer o no el cambio. Informó en primer lugar don Juan Velarde, canónigo doctoral, quien llevaba los asuntos económicos del cabildo catedral relacionados con Villena. Seguidamente lo hicieron dos religiosos dominicos, dos franciscanos y dos mercedarios. Convinieron todos en que la ciudad de Villena -....puede dar... con buen (a) y sana conciencia, consintiendo para qe. se haga la referida permuta, dando cassas para ello [al hospital] a satisfacción del Sr. Obispo.
Todo parecía aconsejar el cambio. Ante todo las ventajas derivadas de la existencia en Villena y su comarca de un colegio y residencia de la Compañía. Por otro lado, el hospital de pobres no sufriría menoscabo alguno en sus intereses, antes al contrario recibiría un edificio más pequeño y adecuado a sus necesidades, y también en mejor estado, con lo que se ahorraría mucho dinero en mantenimiento y reparaciones, y, por tanto, sus rentas serían mayores y más saneadas. Por último, la residencia-colegio de entrada podría contar con templo y aulas, y al disponer también de las casas y solares adyacentes cedidos por el arcediano ...se podrá[n] alargar las casas y Iglesia del Hospital de esta Ciudad para la referida fundación-.
De regreso en Villena el alguacil mayor y el otro comisionado, en 21 de abril dieron cuenta de todo lo tratado en Murcia ante un cabildo reunido expresamente. Presentaron la carta del mitrado, acordándose ...se le responda dándole las gracias por lo mucho qe. la favorece fa la ciudad] en negocio tan importante para el bien público y del servicio de ambas Magestades-.
Conocidas también las sugerencias del rector de los jesuitas de Murcia, fue acordado seguirlas, y a tal objeto designar dos comisionados para que pasaran a la corte. Fueron estos el mencionado alguacil mayor don Luis Antonio de Mergelina, y otro regidor, don José de Cervera y Gazque, quienes -...se encarguen de hacer las referidas diligencias, y sacar la licencia de su Magestad, y facultad para los dueientos ducados [anuales] qe. esta Ciudad tiene ofrecidos para la dicha fundación. Ambos comisionados irían bien provistos de cartas de presentación para el provincial ...y demás personas que convenga.
Por último, respecto a la permuta de inmuebles con el hospital, a la vista de los favorables dictámenes traídos de Murcia por los comisionados, se acordó poner mano a la obra en el plazo más breve posible. Comenzando por notificar el acuerdo adoptado al cabildo arcipreste' de Santiago, copatrono con el Ayuntamiento de la expresada institución benéfica. Los dos comisionados, a quienes también fue confiada esta misión, deberían mostrar a arcediano y capitulares el diseño realizado y demás documentos referidos a este asunto, -...y dándoles las gracias por lo qe. fomentan la referida fundación. Y suplicándoles nuevamente continúen en protexerla para que tengan logro negocios de tan suma importancia.-
Cuando todo parecía indicar que el asunto marchaba por muy buen camino y que estaba próxima la apertura de una residencia-colegio de la Compañía de Jesús en Villena, las negociaciones fueron interrumpidas abruptamente y el proyecto abandonado. Las actas capitulares del concejo no vuelven a mencionar el asunto y tampoco he hallado referencia alguna al mismo en otras fuentes de información.
No parece que los comisionados llegaran a desplazarse a Madrid por cuanto de haberlo hecho hubieran tenido que rendir cuentas de sus actuaciones a su regreso, y ello consignado en las actas capitulares. Me pregunto si el indefinido aparcamiento del asunto del colegio se debió a algún acuerdo de la Compañía de abandonar por el momento este tipo de operaciones en momentos en que se cernía sobre España, y sobre toda Europa, la amenaza inminente de un conflicto bélico de proporciones nunca vistas, la guerra de Sucesión española, llamada a devastar todo el continente. Una contienda que tan directamente afectó a Villena y a su corregimiento, dentro del cual tendría lugar uno de sus episodios más decisivos, la batalla de Almansa 11707).
Habiendo fallecido casi al mismo tiempo los dos principales valedores del proyecto, el provincial Miño y el obispo Fernández de Angulo, en 17 de junio de 1704 y 8 de mayo del siguiente año -, habiendo sido esquilmada la ciudad en sus fuentes de riqueza y diezmada en su población al término de diez años de contienda, y teniendo que comprometer todos los recursos disponibles en un supremo esfuerzo de reconstrucción, el asunto del colegio fue definitivamente olvidado.
APÉNDICE DE DOCUMENTOS
1. El concejo y pueblo de la ciudad de Villena proyecta la apertura en la misma de un Colegio de la Compañía de Jesús. Es designada comisión gestora para negociar la fundación con los jesuitas y para interesar en el proyecto al clero secular (febrero, 1701)
En la Ciudad de Villena a nuebe dias del mes de Febrero de mili setecientos y un años los Señores Justicia y Regimiento desta Ciudad, juntos en las salas de su Cauildo como lo Plan y tienen de costumbre, es a sauer los Señores D. Gregorio Pardo de Seixas, Abogado de los Reales Consejos, Corregidor y Justicia maior, y Capitán de guerra desta Ciudad y Villas de su partido por su Magestad; D. Cosme de Selua y Mergelina; D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Cauallero de la Orden de Nuestra Señora de Montesa, Alguacil maior perpetuo desta Ciudad; D. Juan Gazque de Mergelina; D. Joseph Zervera y Gazque; D. Joseph Mergelina y Bolimbro; D. Antonio Díez Navarro; D. Alonso Miño Domenech, Cauallero de la Orden de Santiago, D. Juan Herrero Díaz y Márquez; D. Francisco Alpañez Ossorio, Procurador síndico general de esta Ciudad, todos Caualleros Capitulares de ella, trataron y acordaron lo siguiente:
[A continuación es autorizada una tala de pinos bajo determinadas condiciones]
Asimismo se acordó que los Señores D. Luis Antonio de Mergelina y D. Alonso Miño Domenech fhlablen al P[adr]e M[aestro] Agustín de Castexón, de la Compañía de Jesús, qe. se [h]ena en esta Ciudad, por si pudiesen tener efecto los deseos que Pilan manifestado muchos vezinos de qe. se funde Colegio de la Compañía de Jesús en esta Ciudad por considerarse será de suma importancia para el bien público, para que lo confieran -sic- con el Sr, Obispo por si se pudiere lograr aplique algunas rentas de los préstamos y beneficios simples qe. Hay en esta Ciudad, y juntamente confieran esta materia con el Cauildo [arciprestall de Santiago por si negocio de tanta importancia puede tener el efecto qe. combiene y se desea. Y lo firmaron, PARDO.-MERGELINA.-SELVA-.
2. La Compañía de Jesús se muestra favorable a abrir un Colegio en Villena y logra el apoyo del obispo de Cartagena al proyecto. Rentas ofrecidas por la ciudad, regidores y clero parroquia! para la financiación y sostenimiento de! proyectado Colegio (marzo, 1701):
En la Ciudad de Villena, en seis días del mes de Marzo de mil setecientos y un años los Señores Justicia y Regimiento de esta Ciudad, juntos como lo [hien y tienen de costumbre en las salas de su Cauildo, es a sauer los Señores D. Gregorio Pardo de Seixas, abogado de los Reales Consejos, Corregidor y Justicia maior, y Capitán de guerra de esta Ciudad y Villas de su partido por su Magestad: D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Cauallero del Orden de Montesa, Alguacil maior perpetuo desta Ciudad; D. Cosme de Selua y Mergelina; D. Juan Gazque de Mergelina; D. Antonio Diez Nauarro; D. Pedro Herrero de Campos; D. Joseph Zeruera y Gazque; D. Francisco de Selua y Mergelina; D. Juan Herrero Díaz y Márquez; D. Alonso Miño Domenech, Cauallero del Orden de Santiago; D. Francisco Alpadez Ossorio, procurador síndico de esta Ciudad; D. Francisco Zeruera F[ernánde]z de Palencia, y D. Antonio Herrero Vicente, todos Caualleros Capitulares de esta Ciudad, trataron y acordaron lo siguiente.
Dieron razón en este Ayuntamiento los Señores D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Cauallero del Orden de Nuestra Señora de Montesa, y D. Alonso Miño Domenech, Cauallero del Orden de Santiago, de que habiéndo[seles] conferido el negocio de la fundación del Colegio de la Compañía de Jesús, que esta Ciudad y sus vecinos desean se funde en esta Ciudad, con los señores Arcediano y Cauildo del Sr. Santiago de esta Ciudad, les (h)an manifestado por sus comisarios [que] tiene el dicho Cauildo por muy combeniente la dicha fundación por considerarla de sumo beneficio para el bien público de esta república. Y assi mismo [h]abiéndolo participado el Reberendísimo Padre Maestro Agustín de Castexón, para que lo confiriese -sic- con el Ilustrísimo Señor Obispo de este Obispado [de Cartagena], escriue [Castexón] a dichos señores Comisarios como dicho Señor Obispo entra muy bien en la referida proposición, y ofrece no solo interponerse con Su Santidad y con Su Magestad para que se consiga la renta de algunos préstamos y beneficios simples que [h]ay en esta ciudad, si que juntamente ofrece ayudar en quanto pudiese. Y que assimismo lo ]h]a participado a su probisor, y quien assimismo combiene en la dicha fundación, y aseaura las licencias de su Ilustrísima y de la religión, y para ello, dice, combiene sauer el esfuerzo que el todo de esta república puede hacer para la aiuda de la dicha fundación. Con igual exemplar manifestará su Ilustrísima la liberaliplad de su ánimo que desea manifestar en negocio que considera por tan del seruicio de Dios nuestro Señor y bien público de esta ciudad y su comarca. Y Ihlauiendo [tratado] e conferido sobre ello, se dixo y acordó lo siguiente:
El Sr. D. Alonso Miño y Domenech ofrece para la dicha fundación de dicho Colexio en nombre del Sr. L[icenciajdo D. Pedro Miño y Domenech, Comisario del Santo Oficio, Arcediano Prestamero de la Iglesia Parroquial del Sr. Santiago de esta Ciudad unas casas que tiene contiguas al (h)ospital de esta Ciudad, Assimismo renunciar desde luego a fauor del dicho Colegio que se pretende fundar el préstamo que posee en dicha Iglesia de Santiago, para que desde luego que se saquen Bulas de Su Santidad y se instituía dicho Colexio do la Compañía de Jesús en esta Ciudad. Gocen de las rentas de dicho préstamo el Rector y Padres que fueren del dicho Colegio para que se conviertan en educación y enseñanza de los vecinos de esta Ciudad y demás lugares de su correximiento y comarca. De cuia (h)eróica acción se dieron muchas gracias por esta Ciudad a dicho Sr. D. Alonso. Y se acordó se den [tambien] al dicho Sr. D. Pedro, su hermano, y para ello se nombran por comisarios a los señores D. Cosme de Selva y Mergelina y D. Joseph Zeruera y Gazque, sus capitulares.
Los demás Caualleros Capitulares desde Aiuntamiento por los que están presentes y ausentes ofrecen dar para la dicha fundación por una vez dos mill ducados de vellón, los quales entregarán efectivamente, o asegurarán renta a rracón de a cinco por ciento, luego que se logre sacar las bulas de dicho préstamo y se funde el dicho Colegio, sobre que harán escriptura aparte donde se expresará la cantidad que cada uno ha de dar, y se señalará término para si dentro de él se lograse la dicha fundación, sean obligados a dar cada uno la cantidad que ofreciesen, y si no se efecturare la dicha fundación en el término que se señalare, no [h]en de quedar obligados a dar la referida cantidad.
Acordó asimismo esta Ciudad se den de sus propios, teniendo la referida fundación, cien ducados de renta en cada un año, y se señalen efectos ciertos para ello, y del caudal del Pósito se den otros cien ducados de renta en cada un año, obteniendo para todo ello facultad Real de Su Magestad y Señores del Real Consejo de Castilla, y en caso de que no se conceda la cantidad correspondiente al Pósito, se solicite se den dichos cien ducados de los arbitrios depositados para el salario del Sr Correxidor, y que si faltare para dicho salario se reparta a los vecinos de esta Ciudad como se hacía antiguamente, o se le concedan otros arbitrios para dicho fin, de manera que esta Ciudad asegure al dicho Colegio doscientos ducados de renta en cada un año para dos maestros de escuela para la enseñanza de las primera letras de leer, escriuir, contar y doctrina christiana. Y para obtener la facultad referida de Su Magestad, se le represente será de suma utilidad a esta república la dicha fundación. Y que se seguirá en ello grande alibio y utilidad al común de ella, y en particular de los pobres, pues [Hoy, además de pagar salario esta Ciudad al maestro de Escuela, se pagan estipendios a los maestros de Gramática y Escuela, que importan doblada cantidad de la que se ofrece a los Padres de la Compañía. Con que será alibiado el común en más de la mitad de la contribuición [para enseñanza] que de presente tiene. Y juntamente se mejora de maestros, y se seguirán otras mayores combeniencias que se ponderan de suma importancia. Assimismo lográndose la referida fundación, se les de [a los Padres de la Compañía] la casa que esta Ciudad tiene para la referida Escuela. Y se (h)able por los dichos señores comisarios a los Cauildos eclesiásticos y los particulares que se considerase pueden contribuir para esta fundación, y resueltas las diligencias, pasen a [h]ablar sobre ello a dicho Sr. Obispo, y se les de poder para todo lo perteneciente para el buen logro de dicha fundación. Y assí lo acordaron.
[Seguidamente pasan a tratarse otros asuntos]
Con lo qual se feneció este Cauildo. PARD0.-MERGELINA.-SELVA.-MIÑO.-ZERVERA
3. Dos comisionados de la ciudad de Villena se desplazan a Murcia. Rentas y equipo ofrecidos para el Colegio por el obispo don Diego Fernández de Angulo, apoyo del rector de la Compañía y favorables informes al acuerdo del concejo de Villena de ceder a los jesuitas la iglesia e inmuebles del Hospital, trasladándose este a otro edifcio apropiado. Se designan comisionados para gestionar en Madrid los asuntos de la fundación:
En la Ciudad de Villena a veinte y uno dias del mes de Abril de mili setecientos y un años, los Señores Justicia y Regimiento de esta Ciudad, juntos en las salas de su Cauildo como lo (h)an y tienen de costumbre, es a sauer los Señores Lcdo. D. Gregorio Pardo de Seixas, abogado de los Reales Consejos, Corregidor y Justicia maior de esta Ciudad y su partido y Capitán de guerra por su Magestad; D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Cauallero del Orden de Nuestra Señora de Mantesa y Alguacil maior perpetuo de esta Ciudad; D. Juan de Cerbera; D. Cosme de Selva y Rilergelina; D. Juan Gazque de Mergelina; D. Alonso Miño Domenech, Cauallero del Orden de Santiago; D. Antonio Díez Nauarro; D. Pedro Herrero de Campos; D. Joseph Zeruera y Gasque: D. Joseph Mergelina y Bolirnbro; D. Juan Herrero Díaz y Márquez; D. Francisco Zeruera Fernández de Palencia y D. Antonio Herrero Vicente, todos Caualleros Capitulares de esta Ciudad, trataron y acordaron lo siguiente.
[Son tratados diferentes asuntos]
Dieron parte en este Ayuntamiento los Señores D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Cauallero del Orden de Nuestra Señora de Montesa, y D. Alonso Miño y Domenech, Cauallero del Orden de Santiago, Capitulares, de auer passado a la Ciudad de Murcia, y en nombre de esta Ciudad (de Villena) [h]auer [h]ablado al Iltmo. S. D. Francisco Fernández Angulo, Obispo deste Obispado de Cartaxena, sobre la fundación del Colegio de la Compañía qe. se pretende hazer en esta Ciudad. Y [el prelado) ofrece no solo representar a Su Santidad quanto convenga para el buen despacho de las Bullas del préstamo qe. tiene ofrecido resignar para la dicha fundacion el Lcdo. D. Pedro Miño y Domenech, Comisario del Santo Oficio y Arcediano de la Iglesia Parroquial del Señor Santiago desta Ciudad, si juntamente para los demás préstamos y beneficios qe. palay en ella, y assimismo ofrece para la dicha fundación las capellanías de Santi Spíritus y San Antonio Abad, qe. están sitas en la [Iglesia] Parroquial de Santa María desta Ciudad, y la de la Magdalena qe. está sita en dicha Parroquial de Santiago, de qe. es patrón su Ilustrísima, para después de los días a los qe. de presente las poseen. Y assimismo ofrece probeer la sacristía [de la futura iglesia del colegio] de todos los ornamentos y demás cosas necesarias para el servicio de ella. Y entregaron carta de dicho Sr. Obispo qe. les hizo. Y acordó esta Ciudad se le responda dándole las gracias por lo mucho qe. la favorece en negocio tan importante para el bien público y del servicio de ambas Magestades.
Y assimismo dieron razon de lo [h]ablado al Rvrno. P.M. Joseph Antonio Zapata, Rector del Colegio de dicha Religión de la Compañía de Jesús de dicha Ciudad de Murcia, quien asimismo manifiesta desea mucho su Religión la referida fundación, y que contribuirá con cuantas diligencias pudiere hacer de su parte para su buen logro, y sobre el modo de hacer las renuncias y resignaciones del referido préstamo y capellanías, y demás diligencias para la consecución de otro préstamo y quatro beneficios qe. [h]ay en esta ciudad. Se considera por más conveniente para lograr en ello el acierto qe. combiene, se comunique en Madrid con el Padre Provincial de dicha Sagrada Religión, y con otras personas ele. tuvieren práctica del modo de despachar en Roma. Sobre [lo] qe. acordó esta Ciudad están para pasar a la Corte dicho señor D. Luis Antonio de Mergelina y Mota y D. Joseph de Zervera y Gazque, sus capitulares, [y] se encarguen de hazer las referidas dilixencias, y sacar la licencia de su Magostad, y facultad para la dicha fundación. Y se escriva para ello al dicho Muy Rdo. Padre Provincial y demás personas qe. convenga.
Assimisrno dieron razón dichos señores Comissarios de [h]auer hecho hacer un papel sobre si se podrá[n] alargar las casas y Iglesia del Hospital desta Ciudad para la referida fundación, dando otras casas qe. sirvan de Hospital, donde los pobres tengan la asistencia necessaria, donde se agreguen todas las rentas qe. dicho Hospital tiene, en las quales se considera aura considerable aumento por los gastos ele. se euitarán de los reparos de las casas qe. [h]oy tiene dicho Hospital, por ser mucho mayores de lo que necessita. En cuyo papel se ponen todas las claúsulas y razones qe. [h]ay para qe. se haga o deje de hazer lo referido, y sobre ello dan dictamen el Dr. D. Juan Belarde, Canónigo Doctoral de dicha Iglesia de Cartaxena, y dos Padres Maestros del Orden de Santo Domingo, y otros dos del Orden de San Francisco, y otros dos de la Orden de Ntra. Sra. de la Merced, y todos los siete referidos, qe. son con quien[es] se ha consultado dicho papel, y los Doctores y Maestros más doctos y graues de dicha Ciudad [de Murcia] son de sentir se puede dar por esta Ciudad con buen(a) y sana conciencia consetimiento para qe. se haga la referida permuta, dado casas para ello a satisfación de dicho Sr. Obispo.
Y [h]aciéndose visto y leído dicho papel, y los pareceres sobre él dados, acordó esta Ciudad, como patrón qe. es de dicho Hospital, se hagan las diligencias necesarias para la referida permuta por dichos señores Comisarios, por dar como da desde luego su consentimiento para ello, por redundar en tan gran beneficio común desta república y seguirse en ello aumento al referido Hospital, Y mediante a qe. es compatrón del el Cauildo de Santiago desta Ciudad, se les participe por dichos señores Comisarios [tal acuerdo] manifestándoles dicho papel, y dándoles gracias por lo qe. fomentan la referida fundación. Y suplicándoles nueuamente continúen en oratexerla para qe. tengan logro negocios de tan suma importancia. Y assí lo acordaron y firmaron. PARDO.-SELV,.- GAZQUE. Ante mi PEDRO O. PINERO-.
Extraído de la Revista Villena de 1998 

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