18 oct 2023

1992 UN INCONVENIENTE MÁS PARA LA CONSTRUCCIÓN EN EL MEDIO RURAL

UN INCONVENIENTE MÁS PARA LA CONSTRUCCIÓN EN EL MEDIO RURAL. Por… BENJAMÍN GÓMEZ SORIANO
El pasado día 3 de junio, fue aprobada en las Cortes Valencianas LA LEY DEL SUELO NO URBANIZABLE; o sea, una nueva ley de aplicación únicamente en la Comunidad Valenciana, que restringirá más que regular, las construcciones en el medio rural.
Con esta medida, la Generalitat pretende impedir que proliferen las construcciones sobre terrenos rústicos, que según los criterios de Director General de Urbanismo, al final terminan como parcelaciones urbanísticas encubiertas.
Para obtener los resultados buscados con la aplicación de esta Ley, ha sido fijada una parcela mínima de 10.000 metros cuadrados, equivalente a unas 12 tahúllas, donde poder construir viviendas aisladas, y de esta manera se da por solucionado un problema, que si bien es cierto, que en las zonas de costas y sus áreas de influencia, era necesario afrontar la solución de estas construcciones diseminadas, que al final se convertían en asentamientos rurales sin ningún tipo de urbanización, no es menos cierto que en las zonas del interior de la Comunidad Valenciana, este problema era inexistente.
Analizando el emplazamiento de Villena dentro del mapa geográfico de la Comunidad, fácilmente podemos observar que hacemos límite de provincia con la Comunidad Murciana y la de Castilla-La Mancha, donde no existen los problemas comentados anteriormente, donde no precisan aplicar una Ley del Suelo No Urbanizable, y donde prácticamente al igual que en Villena, en sus pueblos limítrofes, dudo que se realicen más de 15 o 20 construcciones anuales de este tipo. Si tenemos presente que el Término Municipal de Villena, puede ser uno de los de mayor extensión de la provincia de Alicante, podremos observar que con el número de construcciones indicadas anteriormente, era completamente innecesario la aplicación de esta Ley, no así en las zonas de costas, donde los asentamientos rurales salen de la noche a la mañana, como si se tratase de un salpullido de «robellones» después de las lluvias, o así ha sido hasta el momento.
Nuevamente los responsables de estas decisiones, ignoran por completo, que aun perteneciendo a la misma área administrativa autonómica, no se deben de aplicar las mismas directrices urbanísticas en las zonas de costas que en las del interior. Muchos de los actuales políticos locales, ya tienen sus «casitas» de campo fuera del término municipal de Villena, y lo hicieron por encontrar en los pueblos limítrofes, mayores «comodidades legales» que las exigidas en Villena. Con la entrada en vigor de esta Ley del Suelo No Urbanizable, considero que acaban de ponerle una argolla de hierro en torno a la economía de esas familias modestas, pero que aspiran a pasar los fines de semana en contacto con la naturaleza, las cuales no tendrán más remedio que emigrar fuera de su pueblo natal, para hacerse esa casita fin de semana, o resignarse a la práctica imposibilidad de su construcción, dentro de Villena y de la Comunidad Valenciana.
Es necesario que cuando se inicie el estudio de la LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, paralizada en el momento actual, los políticos autonómicos, sean capaces de analizar estas situaciones tanto en materia urbanística, como económica y lingüística, en caso contrario muchos villenenses, entre los que me encontraré, empezarán a pensar, si no lo están haciendo ya, en la conveniencia, o no, de que Villena siga perteneciendo a la Comunidad Valenciana, donde hasta el momento, encontramos más perjuicios que beneficios.
Extraído de la Revista Villena de 1992

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