16 dic 2024

1997 LUIS ANTONIO DE MERGELINA Y MOTA, SUPERINTENDENTE GENERAL DE LOS REINOS DE VALENCIA Y MURCIA Y CORREGIDOR DE LA CIUDAD DE VALENCIA

Luis Antonio de Mergelina y Mota, superintendente general de los reinos de Valencia y Murcia y Corregidor de la ciudad de Valencia. Por JUAN ANTONIO SEMPERE-MERGELINA PASTOR
I) FELIPE Y LOS SUPERINTENDENTES. LUIS ANTONIO DE MERGELINA OCUPA EL CARGO DE SUPERINTENDENTE GENERAL DE LOS REINOS DE VALENCIA Y MURCIA
Independiente de los nuevos cambios que marcarían a las nacionalidades de España, con las pérdidas de sus fueros, la economía española y la de la nueva dinastía estaba en bancarrota ya al advenimiento de Felipe V. De Francia, acompañando al monarca llega Juan Orry, gran personalidad en el campo de las finanzas que iba a realizar una importante labor. Es nombrado ministro de Hacienda y por este motivo adquiere el cargo de «Velador general y Superintendente de todos los negocios de la Nación», disponiéndose desde ese momento a mejorar la situación del Tesoro. Ory en 1713 unifica el cobro de los impuestos, al encargar la cobranza de las rentas provinciales a una sola persona.
Por este motivo, fueron creados los superintendentes o intendentes, por Felipe V. Con el fin de llevar adelante esta idea, creó en cada provincia una intendencia a la cual reunió el corregimiento. El rey agrupaba las atribuciones propias de dicho cargo o las separaba sin atender a otras razones que a las de su conveniencia, por lo cual en determinadas épocas han existido mayor número de intendentes corregidores que en otras. Eran a la vez gobernadores políticos y económicos. El intendente era la autoridad más visible del poder real en las provincias. En 1718 publicó Felipe V las Ordenanzas de Intendentes, y según ellas, la autoridad suya era tan grande, que se les concedía, no solamente facultades de inspección económica y de dirección administrativa, sino que se les otorgaba a la par recurso de queja contra los propios capitanes generales, con lo cual mediatizaban en nombre del Rey al propio Alto Mando.
En el año 1707 se nombra a Juan Pérez de la Puente, Superintendente de Valencia. En 1713 figura Joseph Pedrajas como Superintendente General de todas las rentas. En 1714 ostentaba el cargo Rodrigo Cavallero y Ranes, que ocupó hasta noviembre de 1717.
En fecha 17 de noviembre del año 1717, el villenense D. Luis Antonio de Mergelina y Mota es nombrado Superintendente General y Real Administrador de las Rentas del Reino de Valencia, ocupando además esté mismo cargo del Reino de Murcia.
En el Libro del Real Acuerdo, del reino de Valencia, del año de 1717 figura una Carta Orden para que D. Luis Antonio de Mergelina use del empleo de Superintendente General del Reino de Valencia. El texto de esta carta es el que sigue:
«El Rey ha nombrado a V.I. por Superintendente General del Reino de Valencia en lugar de D. Rodrigo Cavallero y manda S.M. que sin dilación pase V.I. a servir este encargo en virtud de esta orden, dejando V.I. subdelegada la superintendencia general de esa Provincia en el Comisario de Guerra más antiguo que hubiere en ella, interín que el sucesor nombrado llegue a ejercerla para que se le ha dado la orden conveniente. Dios guarde a V.I. muchos años como deseo».
Además de este cargo, Luis Antonio ostentaba también el cargo de superintendente del Reino de Murcia.
II) FELIPE V Y LOS CORREGIDORES. LUIS ANTONIO DE MERGELINA OCUPA EL CARGO DE CORREGIDOR DE LA CIUDAD DE VALENCIA
El Corregidor era un funcionario Real que ejercía en las localidades la autoridad judicial y gubernativo-administrativa. El título de Corregidor se establece en el reino de Valencia, siguiendo el modelo castellano en 1707, por motivos fundamentalmente de sujetar las poblaciones importantes a las leyes de Castilla, alcanzando a los Gobernadores militares de las Ciudades de Valencia, Alicante, Orihuela, Játiva, Peñíscola y Jijona y a los de las villas de Alcira, Morella, Alcoy y Castellón.
Del escrito de nombramiento a D. Luis Antonio de Mergelina por Felipe V se entresacan algunas de sus funciones, que son los «Oficios de Justicia y Jurisdicción Civil y Criminal, Alcaydia y Alguacilato y otros a él anexos y pertenecientes los pueda poner, quitar y remover cuando a mi servicio y a la ejecución de mi Justicia conviniese, y oír, librar y determinar los pleitos, negocios y Causas Civiles y Criminales que en esta dicha Ciudad y su tierra están pendientes».
En el año 1707 fue nombrado corregidor el Conde de Castellar (Nicolás Felipe de Castellvi y Vilanova), sucediéndole en el 1708 el Mariscal de Campo Antonio del Valle, Gobernador de la Ciudad, quien ocupó el cargo hasta 1 71 6, siendo su sucesor Antonio de Orellana y Tapia, que toma posesión del mismo el 30 de mayo de ese año. El 29 de agosto de 1718 ocupa el Oficio de Corregidor D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, al tiempo que mantiene el de Superintendente de los Reinos de Valencia y Murcia.
a) Nombramiento y toma de posesión
El miércoles veinticuatro del mes de agosto de 1 71 8, se convoca Cabildo Extraordinario en el Ayuntamiento de Valencia, juntándose el Sr. D. Antonio de Orellana y Tapia, Corregidor y los Señores, Regidores.
En él, el Sr. D. Antonio de Orellana y Tapia, corregidor de esta Ciudad, dio cuenta de haber el Rey «sido servido Proveer el Corregimiento de esta dicha Ciudad en el Sr. Superintendente D. Luis Antonio de Mergelina, quien (parecía) se hallaba ya con los despachos necesarios para tomar la Posesión, y que en esta atención, siendo preciso así a su Señoría como a esta Ciudad conformarse con la Real Voluntad de S.M. sólo le quedaba hacer manifiesto, como lo hacía, sería deber tan Ilustre Ciudad pase aplicarse como lo había hecho hasta aquí a lo que fuese a su mayor decoro, sin fallar al Real Servicio».
Continúa el escribano levantando acta de tan extraordinaria sesión en la que «Acordóse de conformidad en vista de lo que ha propuesto el Sr. D. Antonio de Orellana y Tapia, nuestro Corregidor, queda esta Ciudad enterada de la Resolución de su Majestad, la que obedecerá con ciega resignación y sólo le puede quedar asentimiento de faltarle a esta Ciudad de su Visita un buen Ministro, como ha experimentado en sus buenas prendas y Administración de Justicia».
Habiendo entrado Vicente Cober Verguero, leyó a la Ciudad un Papel del Sr. D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Superintendente General de este Reino y Real Administrador de las rentas, cuyo tenor es como sigue:
«Hallóme con Orden del Rey (Dios le guarde) participada por la vía secreta, como también con Real Título despachado por la Real Cámara para tomar posesión del empleo de Corregidor y Jurar antes, en manos del Excmo. Sr. Duque de San Pedro, Gobernador y Capitán General de este Reino, lo que participo a Vs por ahora desde este Convento de San Miguel de los Reyes, donde me hallo convaleciente de un accidente, de que ya a Dios gracias me hallo en disposición de pasar a esa Ciudad el día después de mañana veinticuatro del corriente, donde avisase Vs de mi llegada, y de la disposición que se deba dar del día y hora en que habré de tomar la posesión.
Suplico a Vs. que en el interín no se canse ninguno de sus individuos en pasar a verme hasta que me halle en esa Ciudad, y en el interín quedo rogando a Dios prospere a Vs. ms., así como deseo. Real Convento de San Miguel de los Reyes y Agosto veintidós de mil setecientos dieciocho. D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Sres. Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Valencia».
El lunes veintinueve de agosto de mil setecientos dieciocho, se celebró un Cabildo extraordinario para dar posesión de su cargo a D. Luis Antonio de Mergelina en el que se juntaron el Corregidor Sr. D. Antonio de Orellana y Tapia y demás Regidores: «Acordóse de conformidad pasar a conducir desde sus casas al Sr. D. Luis Antonio de Mergelina, los Sres. el Marqués de Centelles, nuestro procurador Mayor, D. Pedro Gonzalo Pellicer y D. Martín de Aybar, nuestros Corregidores.
Entró el Sr. D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Superintendente General de este Reino y del de Murcia, electo Corregidor de esta Ciudad, asistido de los Sres. el Marqués de Centelles, Procurador Mayor, y D. Martín de Aybar, Regidores, y habiéndose sentado a la diestra del Sr. Corregidor, D. Antonio de Orellana y Tapia, exhibió un real Título que es como sigue:
«Don Felipe por la Gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, etc..., caballeros, Escuderos, Oficiales y Hombres buenos de mi Ciudad de Valencia.
Sabed que entendiendo que así conviene a mi servicio y a la ejecución de mi Justicia, paz y sosiego de esa Ciudad, mi voluntad es que D. Luis Antonio de Mergelina, Intendente de ese Reino y del de Murcia tenga el Oficio de mi Corregidor de esa dicha Ciudad y su tierra con los Oficios de Justicia y Jurisdicción Civil y Criminal, Alcaydia y Alguacilato, por ahora y durante mi voluntad.
Os mando que luego vista esta carta sin aguardar otro mandamiento, ni preceder para ello otra diligencia alguna habiendo Jurado en mi Consejo (como se acostumbra) le recibáis como mi Corregidor de esa dicha Ciudad y su tierra y le dejéis usar libremente este oficio y ejecutar mi justicia por si y sus oficiales y es mi 'merced que en los dichos Oficios de Alcaydia y Alguacilazgo y otros a él anexos y pertenecientes los pueda poner, quitar y remover cuando a mi servicio y a la ejecución de mi Justicia conviniese, y oír, librar y determinar los pleitos, negocios y Causas Civiles y Criminales que en esta dicha Ciudad y su tierra están pendientes y ocurriesen todo el tiempo que tuviera este oficio y llevar los derechos y salarios a él anexos y pertenecientes, y para que pueda ejercerlo a sí, todo os conforméis con él y le deis el favor y ayuda que hubiese menester con vuestras personas y gentes, sin que en ello le pongáis, ni consintáis poner embarazo ni condición, que yo por la presente le he por recibido a este Oficio y le doy poder para ejecutarle, caso que por vosotros o alguno, a él no sea admitido, no obstante cualesquier leyes, estatutos, usos y costumbres que cerca de ello tengan y mando a las personas que a el presente tienen las Varas de mi Justicia de esa referida Ciudad, que luego las den y entreguen al dicho D. Luis Antonio de Mergelina, y no usen más de ellas, so las penas en que incurriesen los que usan de oficios públicos sin facultad, y que conozca de todos los negocios que están cometidos a mis Corregidores, y Jueces de Residencia, sus antecesores, aunque sea fuera de su jurisdicción y conforme a las Comisiones que les hubiesen dadas, haga a las partes Justicia y mando a Vos el dicho Consejo que de los propios de su Jurisdicción deis al dicho D. Luis Antonio Mil quinientos ducados de salario de moneda Provincial de ese Reino de Valencia por cada año, habido cumplido enteramente a el Tenor de los Capítulos de la Instrucción que se le entrega, entendiéndose en todo aquello que no se oponga a la instrucción que por la vía reservada se le entrega como Intendente, que para los cobrar y hacer lo convenido en esta mi Casa le doy pleno poder, con declaración que hago que el referido salario se le ha de descontar del sueldo de Intendente que le tengo señalado, respecto de no poder tener más que un solo goce, otrosí mando que al tiempo que lo recibáis a este oficio, toméis de él fianzas legas, llanas y abonadas, quedará la Residencia que las leyes de mi Reino disponen así por lo tocante a él, como por los negocios que durante su ejercicio se le cometiesen, y que residirá en el Corregimiento como es obligado sin hacer más ausencia que la permitida por la ley y entonces no pueda estar en mi Corte sin licencia mía o del Gobernador del Consejo que guardará y cumplirá puntualmente (como va dicho) los Capítulos de la Instrucción que firmada de mi secretario infraescrito con este título le serán entregados, entendiéndose en todo aquello, que no se oponga a la Instrucción que por la vía reservada le he mandado entregar para su observación y cumplimiento como tal instrumento y mando al dicho Don Luis Antonio de Mergelina que para el día primero de septiembre de este año, haya tomado posesión de este oficio y no lo haciendo desde luego quede vaco, y se me consulte para volver a proveerle sin le hacer otro apercibimiento alguno, y de este despacho se ha de tomar la razón en los libros de la Contaduría General, donde están agregados los de mi Real Hacienda y Registro General de Mercedes dentro de dos meses contados desde su fecha y si así no se hiciese ha de ser ninguno y de ningún valor ni efecto y se declara le ha relevado el derecho de la medianata que toca a esta Merced. Dado en San Lorenzo el Real a 14 de Agosto de mil setecientos dieciocho = Yo el Rey = Yo Don Juan Milán de Aragón, Secretario del Rey Nuestro Señor lo hice escribir por su mandado.
Tomó razón en la Contaduría General de la Distribución de la Real Hacienda en que están incorporados los Papeles de la Secretaría de Mercedes. Dado en Madrid, a 17 de Agosto de mil setecientos dieciocho».
Tras la lectura del documento anterior: «Acórdose de Conformidad en vista del Real Título de su majestad obedecerle (como en efecto se obedeció) pasándose a manos del Sr. Corregidor quien lo besó y puso sobre su cabeza, como también a manos del Sr. Regidor decano, quien ejecutó lo mismo, se mandó guardar cumplir y ejecutar y que en su ejecución y cumplimiento habiendo jurado dicho Sr. Don Luis de Mergelina y Mota según el estado de esta Ciudad se le dé la posesión como su majestad lo previene y manda».
En este Cabildo «el Sr. D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, habiendo jurado, puesta la mano derecha en la Cruz que trae al pecho de la Orden y Religión de Nuestra Señora de Montesa de que es Caballero, de usar bien y fielmente el oficio y empleo de tal corregidor de Valencia y su tierra, hacer justicia a las partes, guardar y observar hacer guardar y que se observase las Leyes Prácticas, usos, estilos y loables costumbres en que se halla esta Ciudad en lugar de Ordenanzas. Dada por el Real Consejo, firmada del Señor Don Luis Curiel, siendo su fiscal, los demás títulos, cartas, cédulas, Provisiones y Privilegios Reales que tiene esta Ciudad ganados y adquiridos desde la nueva planificación y después de la Abolición de sus fueros y de publicar y defender que la madre de Dios y Señora Nuestra fue concebida sin Mancha Alguna de pecado Original desde el primer instante de su Animación Santísima y ofreciéndolo así por el Sr. Corregidor D. Antonio de Orellana y Tapia, le fue entregado el bastón de Justicia que en su mano tenía al dicho Don Luis Antonio de Mergelina, levantándose al mismo tiempo de la silla en que estaba sentado y haciendo sentar en ella al dicho Don Luis Antonio de Mergelina, sentándose dicho Señor Don Antonio a su Diestra y propio lugar en que se hallaba dicho Sr. Don Luis. Acto todo de verdadera y Real Posesión y Mediante decir dicho Sr. Don Antonio de Orellana, que por lo que así tocaba quedaba concluido el acto de posesión».
b) Visita de Felipe V a Valencia y la petición del Corregidor Mergelina de volver a usar Valencia sus propias leyes municipales y Derecho Foral.
En fecha 24 de abril de 1719 se lee una Carta Orden comunicando el paso del Rey a Barcelona por Valencia. El cuatro de mayo de 1719 se recibe Carta Orden del Rey, seguramente mal informado y receloso de un mal recibimiento, sobre que no salga la Ciudad a recibirle: «siendo bastante que como particulares concurran todos a su palacio al tiempo de apearse». Se nombran comisarios para darle la bienvenida y a su comitiva. El Sr. Conde de Castellar, encargado de este menester indica en un informe que al Palacio Real le faltaban muchos adornos, 17 camas enteras, muchas docenas de sillas y habiendo acudido a las casas donde se podían encontrar se excusaban darlas.
Al fin el 5 de Mayo, resueltos todos los detalles, el Rey se hospeda en el Palacio real, agasajado con gran entusiasmo por el pueblo valenciano.
Con motivo de esta visita se suplica a S.M. por medio de un memorial en el que toma parte el Corregidor Mergelina se «digne conceder a esta Ciudad y Reino el uso de sus leyes municipales en todo aquello que no se oponga a la Real Autoridad y Soberanía de S.M. y en la forma que lo concedió al Reino de Aragón y Cataluña».
Felipe V, según dicen los historiadores, aunque no se ha contrastado documentalmente, gracias al Memorial del Corregidor Mergelina y satisfecho del buen acogimiento con que fue recibido, concedió la licencia de restaurar el Derecho Foral Valenciano que la Ciudad le pidió. No obstante la gracia real no pudo llevarse a término, posiblemente por la oposición solapada de algunos valencianos que preferían mantener sus privilegios, antes que la reposición de los Fueros.
c) Proclamación de Luis I, Rey de España
Por decreto fechado en San Ildefonso el 10 de enero de 1724, Felipe V, a los 39 años de edad, abdica la corona de España en su hijo Don Luis. Luis I comenzó a reinar a los 16 años, muriendo en la madrugada del 31 de agosto de 1724, a los 17 años. El 6 de septiembre de 1724 Felipe V anunciaba su nuevo reinado. En este corto período de tiempo, así como en todo el reinado de Felipe V, todos los acontecimientos oficiales están reglamentados por Madrid, realzando en todo caso la supremacía de Castilla en detrimento de Valencia. Luis Antonio de Mergelina no puede, por vía de obediencia de su cargo, sustraerse a esta situación. No obstante, cuando la situación lo requiere, como sucedió en el caso de la posible pérdida de la Universidad de Valencia, compagina lo que considera lo que es un justo derecho de los ciudadanos, con la obediencia a la corona.
En el Cabildo del 7 de febrero se da lectura a la Real Carta del Rey Nuestro Sr. Don Luis Primero para que se levanten en esta Ciudad Pendones por él y su Real Nombramiento.
Hasta los menores detalles de la proclamación estaban mediatizados por Madrid. El nuevo pendón de la Ciudad de Valencia era agravioso para los valencianos, dejando en segundo término la Real Señera. El pendón, que se conserva en el Archivo Histórico Municipal de Valencia, según el libro Capitular de ese año, tiene las características siguientes: «El paño de dicho pendón es de tres telas y cada tela de vara y media de tabi de plata doble, y así como en una cara como en otra bordada en medio las Reales Armas de S.M. en oro y plata y demás colores conducentes a ellas y en las cuatro esquinas por cada cara cuatro escudos de las armas de esta Ciudad de la misma bordadura todo guarnecido de un fleco grande de plata».
El 23, de febrero de 1724 se bendijo el pendón y se realizó la proclamación, en los libros Capitulares está la Diligencia de los Autos de la Proclamación del Rey D. Luis I, figurando Don Luis Antonio de Mergelina y Mota como representante Real de la Ciudad en puesto preeminente.
Las instrucciones de Madrid siguen despreciando los sentimientos de los valencianos, así, entre las recibidas para la proclamación del nuevo Rey, el 29 de enero de 1724, se había recibido una carta por la que se indica «que las armas de Castilla se antepongan a las de este reino y que las aclamaciones se dice Castilla y Valencia por este orden». En ella se observa que las aclamaciones no van referidas a España como nacionalidad, sino a Castilla, como reino conquistador de Valencia, pues así había aparecido también anteriormente en el decreto de abolición de los fueros.
d) Los problemas de la Universidad y el Memorial de Mergelina al Rey 
Felipe V al hacer desaparecer las leyes propias del Antiguo reino de Aragón, reformándolas según el modelo castellano, deja en precario a sus Universidades. La Universidad de Valencia, al no poseer rentas propias, dependía en buena parte de su ayuntamiento. Esta situación cambió el 20 de mayo de 1707. Había terminado el patronato del Ayuntamiento. En las reformas posteriores del municipio, cuando asimila más al modo castellano, no se hace mención de la Universidad y el ayuntamiento quedaría sin el patronato que había ostentado por dos siglos. Durante doce años la Universidad funcionó como pudo, financiada por el nuevo Ayuntamiento, pero sin oposiciones ni cátedras definitivas, hasta el punto que las pavordías eran cada vez menos, con peligro de desaparecer aquellas rentas eclesiásticas. El Ayuntamiento intentó desde los primeros momentos solucionar el problema, ya en 1708 eleva una representación al monarca pero no obtiene respuesta. En octubre de 1718 se forma una junta con el Corregidor Mergelina, cinco regidores, abogados y escribanos para que resuelvan «los recursos y representaciones, según y en la forma que pareciere, para cuyo efecto se concede pleno y bastante poder». Los regidores están muy interesados en que no se pierda la Universidad de Valencia. En 1719 el Intendente Mergelina envió un largo memorial al rey solicitando la devolución del patronato. Gracias a este memorial que exponía con justas razones la necesidad que la Universidad mantuviese su antiguo esplendor, el día 26 de junio de 1720, se devolvía el patronato a la Ciudad. Tuvieron lugar numerosas oposiciones y comenzó a funcionar como antes la Universidad.
En este importante memorial de Luis Antonio de Mergelina, fechado el 14 de marzo de 1719, manifiesta su preocupación por el tema y sus deseos de que Felipe V lo resuelva cuanto antes:
—Desde que llegué a esta Ciudad he procurado enterarme de las circunstancias de esta Universidad, y dedicarme en cuanto sea de mi parte a restablecer su antiguo esplendor y fruto y he reconocido en ella una muy buena planificación, enteramente proveídas de todas ciencias». «Aunque no han cerrado las escuelas, ha descendido la enseñanza, por haber faltado las vigorosas oposiciones y las elecciones para que los electos regenten las Cátedras en propiedad, y aun en los exámenes de los grados se ha experimentado inconveniente; y considero por de la mayor importancia, puntual providencia para que se continúen las oposiciones y elecciones de las cátedras en la forma que se practicó hasta el citado año de 1707, que se dejó de continuar por la ya citada orden interina de S.M.». «Por los referidos motivos y otros muchos que omito por excusar prodigalidad suplico a V.S. se sirva de hacer presente a S.M. considero de su mayor servicio y del beneficio común de esta Ciudad y aún de la Monarquía y Cristiandad el que se sirva de dar con la mayor brevedad posible las providencias que fuera de su Real agrado para que se continúen las oposiciones y elecciones de Cátedras y pabordías y oficio de Rector, según y como se hizo hasta el citado de 1707, o en la forma que fuese servido S.M. quedando pronto a ejecutar sus Reales Órdenes de cualquier forma que se dignare S.M. Dispensarme».
El rey atiende su petición, con lo cual la Universidad de Valencia estaba salvada, emitiendo una Real providencia que devuelve el patronato a la Ciudad el 26 de junio de 1720. En ésta se pone de manifiesto la consideración que tuvo el Monarca a lo expuesto por el villenense Mergelina: «Por cuanto por carta de D. Luis Antonio de Mergelina, nuestro Intendente Corregidor de la Ciudad de Valencia —se nos representó el estado de la Universidad de dicha Ciudad—, en cuya consideración y de los demás motivos expresados por D. Luis Antonio Mergelina y Mota, «mandamos que el dicho nuestro Corregidor y Ciudad de Valencia continúen en el uso del Patronato de las pabordías y Cátedras de aquella Universidad». «V.A. manda que el Corregidor y Ciudad de Valencia continúen en el Patronato de la Universidad de dicha Ciudad, proveyendo las Cátedras y Pavordías vacantes y que vacasen en adelante».
La recepción de la Real provisión tiene lugar en el Cabildo de 1 de julio de 1720, la Ciudad, agradecida por los desvelos en pro de la Universidad de D. Luis Antonio de Mergelina, así lo manifiesta en el acta de ese Cabildo»: «Dando las gracias al Sr. Intendente, nuestro Corregidor, por lo que se ha aplicado a la consecución de este Despacho que redunda en tanto lustre y honra de esta ciudad y de sus hijos...», para hacer efectiva dicha disposición, el acuerdo «se le entrega al ilustre Cabildo eclesiástico por medio de su Canónigo Capitulares para que pasen a dar las gracias personalmente a dicho nuestro Corregidor a sus casas posadas».
III) LUIS ANTONIO DE MERGELINA Y MOTA. APUNTES BIOGRÁFICOS
Del nacimiento de Luis Antonio nos da noticia su partida de bautismo: «El veinticinco del mes de junio de mil seiscientos y sesenta años, yo Don Juan Pagares y Jofré, cura propio de la Parroquial de la Sra. Santa María de la Ciudad de Villena y Notario del Santo Oficio de la Inquisición, en ella hice los exorcismos y Catecismos a Luis Antonio (por haberlo bautizado la comadre Salvadora por necesidad) hijo de Don Cristóbal de Mergelina y Mota y de Doña Isabel de Mergelina y Suazo, fueron compadres de la exorción Don Juan Martínez de Mergelina, comisario del Santo Oficio, y Doña Isabel Fernández, testigos el Licenciado Alonso Díaz, Don Alonso Miño, y por la verdad lo firmé».
Las turbulencias propias de la época hacen que Luis Antonio destaque en el ejercicio de las armas, tradición familiar que se encuentra en los orígenes de los Mergelina, allá por los años 940 en Francia, traída a España por su antepasado Rotrou III, conde de Perche, conquistador de Tudela.
Contrae matrimonio en la Ciudad de Villena, en siete días del mes de noviembre de mil seiscientos ochenta y tres años, Catharina Muñoz de Orellana y Gasque, hija de Don Lorenzo Muñoz de Orellana y de Doña Juana Gasque. Tenía, pues, en el momento de su matrimonio veintitrés años. En el año 1686, a los 26 años, figura como Alcalde Ordinario de Villena por el estado Noble, ostentando también el de Alguacil Mayor Perpetuo de la Santa Inquisición de la Ciudad de Villena.
En el año 1691, cuando contaba ya treinta y un años, con motivo del bombardeo de Alicante por la escuadra del Almirante Conde d'Estres, acude mandando ciertas tropas, con su sobrino Cosme de Selva, para contribuir a la defensa de las Costas Valencianas. El bombardeo fue terrible y la ciudad quedó destruida en buena parte.
Pronto tendrían a su primer hijo; Cristóbal, esto ocurría pasados dos años, en cuatro días del mes de enero de mil seiscientos ochenta y cinco años tal como figura en el libro quinto, «donde se escriben y anotan los que se bautizan en la Parroquial de Santa María, de Villena, que comenzó el año de mil seiscientos setenta y seis».
El veinticuatro de diciembre de mil seiscientos ochenta y uno, a la edad de veintiún años, antes del advenimiento de los Borbones, ya el Rey Don Carlos II, al «Amado Nuestro Don Luis Antonio de Mergelina, natural de la Ciudad de Villena, en nuestro Reyno de Murcia» le hizo Merced del Hábito de Caballero de la Orden de Montesa y San Jorge de Alfama, ya que «lo tuvimos por bien concurriendo en su persona la calidad de Nobleza, Hidalguía y limpieza y las demás partes que conforme a las definiciones de la dicha Orden se requieren». El seis días del mes de enero de mil seiscientos ochenta y dos, con el ceremonial solemne acostumbrado, D. Frey Luis Henríquez de Navarro armó Caballero a Don Luis Antonio de Mergelina, en la Iglesia del Convento de Monjas de la Santísima Trinidad de Villena.
En el año 1700, originados los problemas sucesorios en España, toma partido por Felipe V, lo que le lleva a cooperar con el bando del Cardenal Belluga a favor de los Borbones. Por este motivo sus casas solariegas de Villena son incendiadas, junto con la mayor parte de los archivos familiares de los Mergelina, por las tropas partidarias del Archiduque. Esta participación le lleva a ocupar cargos de relevancia en los gobiernos de los Reinos de Valencia y Murcia, siendo miembro del Consejo de su Majestad en el de Hacienda, Superintendente General de los Reinos de Valencia y Murcia y Real Administrador de las Rentas de Valencia y Corregidor de la Ciudad de Valencia, cargos que poseía en el momento de su fallecimiento el 6 de diciembre de 1724, a los sesenta y cuatro años de edad.
IV. FALLECIMIENTO DE LUIS ANTONIO MERGELINA Y MOTA
En el año 1724 asiste y preside algunos cabildos, siendo el último el 23 de noviembre de 1724. En él, el Corregidor Luis Antonio Mergelina y Mota dicta todavía un acto.
La información de su fallecimiento la obtenemos del libro Capitular de la época, por este motivo tuvo lugar un Cabildo extraordinario el jueves siete de diciembre de 1724, en él «se juntaron el Sr. Licenciado D. Francisco Alcalá Navarro, Corregidor interino y los Sres. el Conde de Carlet, el Marqués de Castellar, Don Joseph de Salcedo, Don Pedro Gonzalo Pellicer, Don Vicente Despuig, Don Salvador Adell, D. Gaspar Dolz, Don Francisco Miguel Danvila, Don Antonio Pascual Danvila, Regidores, por cuanto el Sr. D. Luis Antonio de Mergelina y Mota, Intendente General de este Reino, Corregidor y Real Administrador de las rentas de esta Ciudad ha muerto y pasado de esta presente vida la noche próxima pasada y el licenciado D. Francisco Alcalá Navarro, su Alcalde mayor, Corregidor interino que substituye su empleo según práctica y Leyes de Castilla, sea muy propio y de la obligación dicha Ciudad el participar esta noticia a S.M. por medio de Carta dirigida al Ilustrísimo Sr. Obispo de Sigüenza, Gobernador del Consejo».
Tenía en el momento de morir la edad de sesenta y cuatro años.
BIBLIOGRAFÍA
Archivo Histórico del Ayuntamiento de Valencia (A.H.V.). Libro de Capitulares.
A.H.V. Libro de Instrumentos.
AH. V. Libro de Autos Generales de Rentas y Providencias de Buen Gobierno de los Intendentes y Corregidores.
Archivo del Reino de Valencia (A.R.V.). Libros del Real Acuerdo. Libro 12 S3 - 293.
Gran Enciclopedia de la Región Valenciana.
Archivo Histórico Nacional. Expediente de Nobleza de José Mergelina. Año 1724.
Vicente Simó Santonja: «Valencia en la época de los Corregidores».
Mariano Peset y otros: «Bulas, Constituciones y Documentos de la Universidad de Valencia (1700¬1724)». La Nueva Planta y la devolución del patronato.
Historia de España del Marqués de Lozoya. Enciclopedia Universal Ilustrada. Hijos de J. Espasa.
M.' del Carmen Irles Vicente: «Al Servicio de los Borbones. Los regidores valencianos en el siglo XVIII».
Extraído de la Revista Villena de 1997

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