1 dic 2017

BASES CARTEL SEMANA SANTA VILLENA 2018

BASES DEL CONCURSO DEL CARTEL ANUNCIADOR DE LA SEMANA SANTA 2018
El M.I. Ayuntamiento de Villena, organizador del concurso del cartel anunciador de la Semana Santa del año 2018 con la colaboración de la Junta Mayor de Cofradías y Hermandades de Semana Santa de Villena, hace públicas las bases que regirán la convocatoria del concurso.

– El cartel anunciador reflejará el tipismo de la Semana Santa de Villena. – El cartel recogerá la siguiente inscripción:
SEMANA SANTA 2018 VILLENA
M.I. AYUNTAMIENTO DE VILLENA
JUNTA MAYOR DE COFRADIAS Y HERMANDADES DE SEMANA SANTA DE VILLENA
– El premio consistirá en la cantidad de doscientos noventa y nueve euros, a los que se les practicará las deducciones legales que correspondan y que será único e indivisible. Cantidad que será imputada al presupuesto del año 2018 quedando la concesión del citado premio condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
– En el cartel NO FIGURARÁ el escudo actualizado de la ciudad, Marca Villena y el logotipo de la Asociación de Cofradías de Semana Santa. El autor/a de la obra premiada deberá incluir dichos escudos y logotipos posteriormente siguiendo las medidas y tamaños estimados por parte del M.I. Ayuntamiento de Villena.
CONDICIONES GENERALES
1. Podrán participar todas las personas artistas que lo deseen, salvo el o la ganadora del concurso del cartel 2017, que formará parte del jurado.
2. Cada artista podrá presentar de una a tres obras, originales e inéditas. Se presentarán en formato papel (A3) pegado sobre cartón o superficie rígida y digital (jpg/tif), con una resolución de 300 pp y con un tamaño máximo de 3500 x 4960 px, no obstante, teniendo en cuenta que la reproducción de la misma se realizará en cuatricromía se excluirán aquellas con tintas metálicas (oro, plata,...) así como los colores colores fosforescentes. No podrán presentarse trabajos de otras ediciones, ni ser copia o plagio total o parcial de otras obras.
3. Recepción de las obras: los trabajos se presentarán en sobre cerrado y este deberá incluir el cartel en tamaño A3 con el lema de la obra escrito en la parte trasera, soporte cd/dvd con el lema de la obra escrito con rotulador permanente en la parte superior y un sobre cerrado con el lema de la obra en el exterior que deberá contener en su interior la identidad, dirección y teléfono del autor.
Los trabajos serán enviados o bien presentados personalmente en el Registro General de Entrada del Ayuntameinto de Villena, Plaza de Santiago, 2, 03400 Villena, en horario de 8 a 14:00 horas de lunes a viernes.
4. Plazo de admisión: El plazo de presentación será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), por conducto de la Base Nacional de Subvenciones (una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación), finalizará el día 10 de enero de 2018, a las 14:00 horas. Las obras recibidas por correo certificado con matasellos posterior a la citada fecha quedarán fuera del concurso.
5. El jurado estará formado por el Sr. Alcalde de Villena, la Concejala de Fiestas, un concejal o concejala de cada partido político, tres miembros del mundo del arte y diseño gráfico, el ganador del cartel del año 2017, tres miembros de la Junta de Gobierno de la Junta Mayor de Cofradías y Hermandades de Semana Santa y un sacerdote, actuando como Secretario, con voz pero sin voto, el del Ayuntamiento o persona en quien delegue, garantizándose una representación equilibrada de hombres y mujeres del 60/40 en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
6. El jurado se reunirá en la fecha que estime más oportuna.
7. El jurado al formular su propuesta valorará, además de la composición, su calidad gráfica o plástica, su eficiencia anunciadora o informativa y sus condiciones de reproducción.
8. Si se estima que en las obras presentadas no exista la calidad suficiente, podrá declarar desierto el premio, en cuyo caso este Ayuntamiento se reserva el derecho a encargar su realización, previo estudio de bocetos.
9. Fallo: será hecho público, sieno la decisión del jurado inapelable. La resolución de la concesión se adoptará mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local y se notificará por escrito de manera individual a los interesados (art. 40 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas LPACAP). El plaza de resolución y notificación de la convocatoria será de 6 meses.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 88.3 LPACAP, en relación con lo establecido en los artículos 123 y 124 del citado texto legal, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativo, se hace constar que contra la resolución que resuelve la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes, o intenrponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicante, en el plazo de dos meses, computándose en todo caso los plazos a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, advirtiéndole que tales recursos no suspenden la ejecución de esta resolución y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente. En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de estas subvenciones.
La resolución se publicará en la BDNS en los términos especificados en el artículo 20 de la LGS.
10.-De acuerdo con lo que dispone el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-, los participantes o sus representantes legales tendrán que presentar, junto con la solicitud, declaración en la que declare que reúne los requisitos establecidos en el Artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario, no encontrándose incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del citado artículo, que impiden obtener la condición de beneficiario y, de resultar premiados deberán acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
11. La entrega de premios será el día de la realización del acto del Pregón de la Semana Santa.
12. Con las obras presentadas se montará una exposición en la Casa de la Cultura.
13. La obra premiada quedará en exclusiva propiedad del Ayuntamiento de Villena, quien podrá utilizarla para los fines publicitarios que consideren oportunos.
14. Las obras no premiadas podrán ser retiradas después de celebrada la exposición, una vez transcurridos 60 días, quedarán en propiedad del Ayuntamiento las que no hayan sido retiradas.
15. La participación en este concurso supone la aceptación de estas bases.
16. Cualquier asunto no reflejado en las presentes bases será resuelto por el jurado calificador.
17. En el caso de que el jurado de oficio o a instancia de parte en el plazo de 7 días detecte que la obra premiada no cumple con lo establecido en el número 2 de las condiciones generales, se revocará el fallo del jurado, no concediendo el premio y se procederá a seleccionar la siguiente obra finalista, a partir del fallo del jurado.
18. La falsedad en los datos aportados por los participantes al Concurso dará lugar a la exclusión inmediata. Si esta se pusiera de manifiesto con posterioridad a la resolución del concurso y el participantes afectado hubiera resultado premiado, el premio obtenido quedará sin efecto, procediéndose, en su caso, al reintegro de las cantidaddes percibidas por tal concepto.
Villena, a 24 de octubre de 2017
Fdo. Concepción Beltrán García Concejala de Cultura, Educación y Fiestas
M.I. Ayuntamiento de Villena
CONCEJALÍA DE CULTURA

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