7 ago 2025

1996 VILLENA. CIUDAD ESTATUTO (IV) LA INQUISICIÓN

Villena. Ciudad Estatuto (IV). La Inquisición. 
Por FAUSTINO ALONSO GOTOR
Motivado por la situación interdependiente de los pueblos hebreos, islámico y «cristiano viejo», surgió, en el siglo XVI, la preocupación de ser «limpio de sangre», cuestión que llevó a la instauración de la Inquisición española originándose el principal impulso dado a la propagación de los Estatutos de Limpieza. La «pureza racial» y la «ortodoxia religiosa», se hicieron mutuamente dependientes, consiguiendo un poder motriz de fuerza enorme, Y otorgando a la Inquisición una gran popularidad.
Esta institución, también conocida por el Santo Oficio, fue fundada por el Papa Sixto IV a demanda de los Reyes Católicos, en 1478, quienes no solamente deseaban la unidad política, sino también en la fe, combatiendo, a pesar del nombramiento papal, todo aquello que fuese contrario a ambas. En el obispado de Cartagena, la Inquisición fue introducida en el año 1488. Este mismo año el Tribunal de Murcia inició sus actividades en Orihuela, cuando debería haberlo hecho en la cabeza del obispado, al cual pertenecía Villena.
Su organismo principal o Tribunal Central era el Consejo de la Suprema y General Inquisición, o la Suprema abreviadamente, de la cual su brazo primordial era el Inquisidor General, bajo quien estaban los Tribunales Provinciales, compuestos, entre otros cargos, por los Inquisidores, Fiscales, Alguaciles, Jueces de Bienes, Comisarios, Familiares, etc.
Las sentencias eran de tres tipos: Leves (abjuración, penitencia, y obligación de llevar el Sambenito). Medias (penas de prisión que eran temporales). Y graves (vergüenza pública, azotes, galeras y la pena de muerte en la hoguera ya en persona o en efigie de cartón si el reo era muerto o huido). Las condenas se hacían públicas mediante los «AUTOS DE FE» ante multitudes impregnadas con alta emoción religiosa, aunque posteriormente solamente concurrían como si fueran a una gran y lúdica fiesta.
El Tribunal de la Inquisición de Murcia notificaba a las villas y ciudades de la provincia, las fechas en que se realizaban los Autos de Fe. Villena recibió dos comunicaciones, con el fin de que se pregonasen o «publicasen con la solemnidad que se requiere». Los autos se hicieron el 16 de diciembre de 1575, y el 22 de diciembre de 1585 (1).
LA INQUISICIÓN Y EL PRIVILEGIO DE VILLENA
Caso de Juan Manuel Martínez López
En septiembre de 1564 tiene noticia el Ayuntamiento de Villena de que el Santo Oficio de Murcia había apresado a un tal Juan Martínez, hijo de María Díaz, vecina de Villena, y Juan Martínez Manuel, alpargatero, natural de Villanueva de Alcaraz, y morador que había sido en Villena. El Concejo con el solo fin de aplicar el Privilegio a los hijos de dicho matrimonio, solicita de los inquisidores murcianos se les confirme dicha noticia.
No obstante, los villenenses, independientemente de la gestión que hacían con Murcia, ordenan a los hijos del alpargatero que deposite el dinero necesario para hacer las probanzas de su genealogía. Simultáneamente, el Concejo decide revisar las probanzas de otros moradores de treinta años «a esta parte», dándoles un plazo de veinte días que luego aplazarían quince más.
El 22 de enero de 1566, ya tenía el Concejo la Probanza que confirmaba «su raza de confesos» de los hijos de Juan Martínez, a quienes se les notificó que en «un plazo de ocho días salgan de Villena», y que si no lo hiciesen, les obligaran el Alguacil y su Lugarteniente, bajo multa de que si éstos no lo ejecutasen paguen 100.000 maravedís para la Cámara de Su Majestad.
Pasado dicho plazo, no salieron de Villena ni los hijos de Juan Martínez ni otros moradores avisados, por ello en el Cabildo inmediato, los Regidores y Jurados, instaron e hicieron responsables a los Alcaldes Ordinarios para que cumplieran con lo ordenado.
Transcurre febrero y no sólo sigue el problema de los confesos, sino que la Inquisición de Murcia se interesa o entromete en este punto, lo cual es causa de que el Ayuntamiento decida informarse por su asesor jurídico, quien aconseja que debe de ir a Murcia un Regidor y personalmente relate con detalle al Santo Oficio lo que acontece en Villena.
La Inquisición siguió inexorablemente el proceso que había iniciado hacía dos años, concluyéndolo con una sentencia a un hijo de Juan Martínez, a quien le penitenció con un «Sambenito»; más siendo así que había huido o fallecido el Santo Oficio determina que este ignominioso ropaje sea enviado a Villena porque «en ella vive su madre». El Ayuntamiento no se resigna a ello y contesta al Santo Oficio que el «Sambenito» debe de quedar expuesto en «Villanueva de Alcaraz, de donde es la parentela y naturaleza del dicho Juan Martínez, y no en esta ciudad». Esto ocurría en el verano de 1566, pero al inicio de 1567, el Santo Oficio sigue inquiriendo sobre el caso de Villena. Nuevamente el Concejo se vio obligado a contestar: que no hay más que inquirir, puesto que las averiguaciones o Probanzas que los villenenses hicieron sobre los hijos de Juan Martínez, no fueron por el singular caso de que uno de ellos había sido apresado y sentenciado por los Inquisidores, sino que se hicieron con otros moradores con el único fin de guardar el Estatuto de Limpieza de Villena; tal contestación no solamente se envió a los «ilustres señores del Santo Oficio de la Inquisición», sino que dándose la circunstancia de que un vecino de Villena era Regidor de Murcia, nos referimos a Francisco Rodríguez Navarro, y quizá conociendo que de inmediato éste sería Familiar del Tribunal de dicha ciudad, acordó el Concejo de enviarla por medio de Francisco Martínez para informar personalmente «a los dichos señores inquisidores... para que sean servidos y tengan por bien que en las cosas tocantes a la conservación de los Privilegios de esta ciudad, como lo han hecho daquí a aquí, se haga daquí en adelante, pues su Majestad, por especial Privilegio tiene hecha merced a la dicha ciudad, que en ella no vivan de asiento ni de morada personas que tengan razas de judíos y confesos o de linaje de Pachecos y para ello me otorgan poder, por ante Francisco de Medina, escribano, en forma; y mandan que parta el primero o segundo día de Cuaresma».
Auto de fe (detalle), por Pedro Berruguete (Museo del Prado). A la derecha se ven dos condenados desnudos y atados al poste del quemadero; al pie, otros dos con la coroza y el sambenito.
Al parecer, dicho entrometimiento o correlación entre Inquisición y Privilegio, comenzó por causa de este primer caso de Juan Martínez que, por ahora, es el primero conocido en Villena, y que al parecer contribuyó para que se hiciese una ligera modificación en el cuestionario del Modelo de Probanza que desde más de cien años se venían verificando. Veamos:
La Probanza de Limpieza de aquellas personas que deseaban avecindarse en Villena, se realizaba con unos trámites que resumimos a continuación:
a) El Ayuntamiento de Villena recibía la solicitud de vecindad.
b) Se nombraba un Regidor para que fuese a la ciudad de donde provenía el solicitante, y allí la autoridad villenense se presentaba ante el Justicia, a quien le mostraba sus credenciales y le manifestaba la misión que llevaba.
c) El Justicia reunía a varias personas de relevancia, para que diesen testimonio sobre las siguientes preguntas:
1.»— Naturaleza y vecindad del solicitante.
2.»- Si conocían a los «padres y abuelos legítimos».
3.»— Si sabían que tales «padres y abuelos paternos son cristianos viejos, limpios de toda mala raza de judíos, moros, ni conversos, lo digan y declaren».
4.»- Si sabían que tales «abuelos paternos y maternos no son ni han sido de linaje de Pachecos, lo digan y declaren.
Éste era, en síntesis, el modelo de Probanza que se verificaba desde 1476 en que fue instituido el Privilegio o Estatuto de Villena; más establecido el descrito «litigio» entre la Inquisición murciana y el Concejo villenense, se puede observar en 1641 que la solución la consiguieron añadiendo, en la tercera pregunta del apartado c) lo siguiente: «Ni penitenciados por el Santo Oficio de la Inquisición» (2).
Damián Alonso
Este caso tiene cierto interés, pues noventa años después, da testimonio de la rebelión villenense del año 1476 contra los judíos y moriscos, descrita en el capítulo I.
Damián Alonso, vecino de Onil, decide avecindarse en Villena solicitándolo el 9 de diciembre de 1565, para lo cual entregó veinte y dos reales con el fin de sufragar los gastos para comprobar su genealogía y de que, tal como él aseguraba, «es cristiano viejo y de tal casta». Cuatro días después de su solicitud, el Concejo encarga al Regidor Jerónimo Vall y le da credenciales para verificar su Probanza; estuvo en Onil durante tres días, pagados a razón de ocho reales por día, más 25 reales que le pagaron al Escribano que llevó la causa.
El uno de enero de 1566, el Concejo villenense decide asesorarse por medio del Bachiller Marcilla y es al mes siguiente cuando el Regidor villenense, Alonso de Mellinas, denuncia ante el Concejo celebrado el 3 de febrero, que posteriormente de haberse hecho la genealogía de Damián, «se ha sabido que el susodicho, habiendo sido como había sido Familiar del Santo Oficio de la Inquisición, y dicho Santo Oficio, había hecho otra información y le ha quitado la Familiatura». En dicho Concejo se establece, entre los Regidores una polémica que los divide en dos bandos: cinco Regidores y el Aguacil son partidarios de que se le dé la vecindad sin prejuicio del Privilegio. Y tres Regidores opinan que no se le dé la vecindad.
«El regidor Jerónimo Valls (uno de los de a favor de la vecindad), dijo, que cuando fue a hacer la dicha Probanza a la villa de Onil, la hizo ante el Justicia de allí, con el Escribano llamado Francés Candela, y participaron ocho testigos, cristianos viejos, y hombres de buena vida y fama, y no parientes del dicho Damián Alonso, los cuales juraron ante el señor Justicia, y declararon que el dicho Damián Alonso, y su padre y abuelos eran cristianos viejos, y por tales eran habido y tenidos... y por tanto, en justicia no le podían negar la vecindad...».
Por otro lado Hernando de Medina exponía: «que después de traída la información del dicho Damián Alonso, se ha hablado públicamente en esta ciudad del tiempo que fue el movimiento entre los Cristianos viejos y los nuevos, y con esto se ha sabido que los Inquisidores de Valencia hicieron cierta información contra el susodicho y le quitaron la Familiatura, que su parecer es que no se le dé vecindad. Daquí a en tanto que se haga otra información de su genealogía en la Villa de Castalla adonde se dice que saben de ella. Y para que mejor se pueda hacer, más sin sospecha, su parecer es que se haga por un Fiscal».
Finalmente, el 10 de marzo siguiente, los Alcaldes Ordinarios dictaminaron «que por cuanto acerca de la vecindad pedida por Damián Alonso hubo cierta contradicción entre los Regidores Oficiales de este Ayuntamiento, y se les mandó por Auto, a los que contradijeron dicha vecindad, que dentro de veinte días hiciesen información de la genealogía del susodicho, y que no habiéndola, y no apareciendo cosa en contrario de lo hecho y mandado por el dicho Ayuntamiento, se pronunciase y admitiese por vecino, y así visto que el dicho término es pasado, dijeron que allegándose a los votos que hubo en tal Ayuntamiento, se le dé a Damián Alonso morada y vecindad...» (3).
Halperín nos informa que a partir de 1561, el Inquisidor Miranda repartió Familiaturas entre los notables moriscos..., mientras que el Duque de Segorbe, en 1578, prescindió de tales Familiaturas, porque «donde estaba él no las necesitaba...». La tentativa de atraerse a los notables había fracasado (4). Es posible que Damián Alonso fuese uno de aquellos moriscos favorecidos.
FAMILIARES Y OTROS CARGOS DE LA INQUISICIÓN EN VILLENA
Los Tribunales Provinciales de la Inquisición tenían unos agentes seculares a modo de policía llamados Familiares designados en España durante los siglos XVI-XVIII.
En el Cabildo del 26 de febrero de 1567, el Escribano notificó y leyó una Familiatura o título del villenense Francisco Rodríguez Navarro, por la cual constaba ser Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de la ciudad de Murcia.
El 20 de octubre de 7569, se leyó una carta del Santo Oficio de Murcia por medio de la cual comunicaba al Concejo villenense que los familiares que hubiese quedaban exentos del sorteo con el fin de ser reclutados para la guerra de Granada o de las Alpujarras; el Concejo contestó que no existía ningún Familiar en Villena.
Es al siguiente año cuando comienzan a aparecer los Familiares en nuestra ciudad, quizá por aquello de librarse de ir a la citada guerra contra los moriscos granadinos, aunque fueran como Oficiales, por ser, al principio, Hidalgos; o mejor por la necesidad de aumentar el número de Familiares dado el éxodo de los mismos hacia otras tierras. El caso es que juntamente con el citado Inquisidor de la ciudad de Murcia, presentan su Familiatura un numeroso grupo de personas ante el Concejo villenense celebrado el 16 de julio de 1570, cuyo Escribano redactó del modo siguiente: «Primeramente por parte de los magníficos Francisco Rodríguez Navarro y Alonso Rodríguez Navarro, y Hernando de Valera, y Damián Díaz Buonaparte, y Francisco Díaz, su padre, se presentaron y fueron presentados los títulos que tienen de ser Familiares del Santo Oficio de Inquisición dados en la ciudad de Murcia, a cuatro días de julio de 1570 años. Y leídos por mí, el Escribano insoescrito, los dichos señores de Ayuntamiento dijeron que los han por presentados por tales Familiares de dicho Santo Oficio, y mandan a mí, dicho Escribano, les dé testimonio de su presentación de Títulos y Familiares, para conste de ello».
Queda evidente que los primeros Familiares que, con el protocolo habitual presentaron ante el Concejo de Villena, sus respectivos Títulos o Familiaturas concedidas, por el Tribunal del Santo Oficio de la ciudad de Murcia, fue en el año 1570; desde entonces veamos su evolución anual, nominal y numérica:
1570. Los cinco citados anteriormente, el 4 de julio.
1576. El 10 de agosto, el Concejo Villenense tuvo correspondencia con Valencia:
«Que se escriba, por Alonso Pardinas, a el Inquisidor de Valencia y a Villacampa, Procurador».
1579. Dos: Bartolomé Lobregad, el 1 de febrero.
Damián Díaz, el 17 de noviembre.
1587. Una: Juan de Torreblanca, el 25 de julio.
1592. DIEGO DE VALERA, «el 30 de enero. Como Comisario del Santo Oficio, «... presentóse dando cuenta de cómo Gómez Zapata, Obispo que fue de este obispado de Cartagena, ha dejado una manda a esta ciudad para que se reparta entre los pobres».
1594. Una: Gaspar Cotes, 22 de noviembre. Su Familiatura procedía de los Inquisidores del Obispado de Cartagena al cual pertenecía Villena.
1605. Una: Pedro Miño, 6 de noviembre; Regidor de Villena.
(Pasan 17 años sin Familiaturas. En 1609 se expulsaron a los Moriscos).
1621. Dos: Francisco Miño, 4 de enero. Pedro Álvarez Díaz, 21 de enero.
1623. Dos: Hernando Estevan de Palencia, 20 de mayo.
Leonardo de Miño, 14 de septiembre.
1627. Una: Bartolomé Lobregad, 6 de marzo. (Suponemos que era hijo o pariente del citado en 1579).
1630. MARTÍN CAMPOS, 19 de diciembre, Regidor de Villena, presentó un título de Alguacil del Santo Oficio.
1631. Una: Pedro Puche Carrasco, 22 de enero. Era Capitán, y Familiar del Santo Oficio, pero al no ser vecino de Villena, pide la vecindad y le aplican el Estatuto, encargándose de hacerle la Probanza don Alonso Miño, no obstante de constarle que su naturaleza y la de su esposa, doña María Pérez de Olivencia, son de esta ciudad. Se le concede la vecindad.
1634. GINÉS DE MERGELINA, 24 de agosto. Regidor de Villena, presentó un título de Alguacil Mayor del Santo Oficio, y asimismo otro de Familiar.
1636. Dos: Jerónimo de Miño, 5 de julio.
Francisco de Cervera, 11 de septiembre. 1638: Una: Juan Jus (5), 18 de agosto.
Pretende una Familiatura del Santo Oficio sin ser vecino de Villena. El concejo no sólo se opone sino que escribe en este sentido para que la Inquisición de Murcia no se la conceda, por no haber pedido en sus días la vecindad. Se decide hacerle la Probanza en Caudete y por fin en 1641 se le concede.
1639. Una: Capitán don Luis de Mergelina Zuazo, Alguacil Mayor de esta ciudad el 17 de marzo; se le admite el Título de Familiar del Santo Oficio.
(Durante 15 años no hay Familiaturas. Guerra de Cataluña. Sublevación de Portugal, Francia, Nápoles...).
1654. Una: Diego de Miño, 18 de octubre.
1660: Una: Cristóbal de Mergelina y Mota, 6 de septiembre, abogado de los Reales Consejos, presenta un título de Inquisidor General de la Suprema, por el que se le nombra y se le hace merced de la vara de Alguacil Mayor del Santo Oficio (6).
1668. Una: Juan Bernal, 1 de abril.
1692. Una: Francisco Joseph de Ulloa, 21 de mayo; Familiar del Santo Oficio, natural de Almansa, que por estar casado con doña Francisca Martínez de Olivencia, hija legítima de don Jerónimo Martínez de Olivencia y Cabeza de Vaca y de doña María Cervera, vecinos de esta ciudad, pide vecindad, la cual se le concede el 26 de enero de 1693, tras hacerle la Probanza, según el Privilegio.
1693. Dos: Luis Antonio Mergelina y Mota, 13 de abril; Capitular y Alguacil Mayor de esta ciudad, se le acepta el Título de Familiar.
Pedro Hernández de Medina y López, Regidor, 4 de junio.
1693. Una: Simón Fernández de Palencia, 21 de diciembre. En Acta del 10 de enero de 1721, con motivo de un litigio entre tres hidalgos de Villena contra Sax, aparece, entre ellos, Juan Simón Fernández de Palencia como «Familiar del Santo Oficio».
1699. Una: Ginés Díaz Navarro, 15 de agosto.
1703. Juan García de las Peñas, en Cabildo de 7 de marzo, presenta un «Título de Hospedero extendido por los ministros de la Santa Inquisición, y exige se le guarden sus preeminencias»; la ciudad acordó concedérselo.
(Durante treinta y cuatro años, incluida la G. de Sucesión, no se cita para nada al Santo Oficio. Sin embargo, en 1704 continúa en Villena el requisito de Probanza de Limpieza de Sangre, similar a todas las épocas anteriores, aprobado por Felipe V según se lee en el Capítulo 2.» de las «Ordenanzas por las que ha de gobernarse la Ciudad de Vil lena») (7).
1737. Una: Pascual Ortuño, 5 de diciembre; natural y vecino de Yecla, se le admite como tal Familiar en Villena, pero con derecho a la primera vacante de entre los Familiares de Yecla. Es la primera vez que no vemos que se verifique la Probanza de Limpieza.
1739. Una: Juan de Mellinas y Fernández, 4 de febrero. Presenta el Título de Familiar con fecha de 22 de enero.
(De 1739 a 1767, no se crea ninguna Familiatura. Guerra con Inglaterra. Concordato en 1753, por el cual Felipe V impide a la Santa Sede que sea ella la que nombre los Obispos. Guerras en Italia...).
1767. Dos: Francisco Algarra y Navarro, 10 de marzo.
Fernando Lobregad, 28 de noviembre.
El declinar del Santo Oficio y la limpieza de sangre
La Familiatura de Fernando Lobregad es la última que consta en las Actas Municipales de Villena. En este año de 1767, Carlos III firma la expulsión de los jesuitas, e impuso a la Inquisición una serie de limitaciones, como medidas a disminuir o abolir los privilegios de sus oficiales, entre los cuales estaban los Familiares.
Efectivamente, ya por el año 1531, cincuenta y cinco años después de la rebelión de 1476, los cristianos viejos se habían apropiado en aquel entonces, por vía de compra y por título de los bienes muebles y semovientes de los confesos y moriscos; más establecida la Inquisición en Murcia, aquellos Inquisidores intentaron confiscárselos a los villenenses, por su procedencia
(8). Posteriormente, llegadas las Familiaturas a Villena, los villenenses pudieron observar los Privilegios, de los cuales gozaban los Familiares: tales como las exenciones jurisdiccionales y eclesiásticas, y llevar armas de día y de noche, en consecuencia tenían un gran «poder» económico-social
(9). Prácticamente desde 1767, la Inquisición dejó de actuar en Villena; aunque en 1 775 podemos observar que el Arcipreste de Villena y su partido era Comisario de Santo Oficio de la Inquisición de Murcia, y se llamaba don Pedro Miño Domenech, acaso descendiente del Familiar villenense nombrado en 1605.
Otro tanto sucedió desde 1739 con el Privilegio de Limpieza de sangre, y por lo tanto con las Probanzas que paulatinamente fueron desapareciendo. Veamos algunos casos:
Año 1739: el día 29 de octubre, se realiza la última Probanza que consta en las Actas Municipales, para dar vecindad «a dos personas de Onil», probándose que «son naturales de la referida Villa, y que sus padres y abuelos así paternos como maternos, fueron y son cristianos viejos y de sangre limpia de moros, judíos y confesos, y no han sido sentenciados por la Santa Inquisición, ni tienen cuarto de Pacheco...».
Año 1765: en el Acta de Ayuntamiento de 20 de agosto, se lee: «Por los señores Don Juan Antonio Montoro y Don Antonio Fernández Villanueva, Regidores Comisarios nombrados para la averiguación de la legitimidad de la limpieza de sangre de Don Alejandro Herrero, vecino de la Corte de Madrid, para serlo de esta ciudad, se hace presente de la Justificación que el susodicho ha dado en la Corte de Madrid y de la limpieza y de la Nobleza de Sangre de los ascendientes del citado Don Alejandro Herrero... se acuerda concederle la Vecindad en esta ciudad...». (Obsérvese que se sigue pidiendo la Limpieza, pero no si ha tenido sentencia alguna con la Inquisición. Este Hidalgo es antecesor directo de Don Luis Delgado de Molina Herrero, fallecido no hace mucho).
Año 1779: Acta de 21 de agosto, con motivo de haber sido nombrado por el Real Consejo, Capitán a Guerra de Villena a Don Juan Sebastián Neri, el Concejo le tomó juramento, que él lo hizo de «defender el Misterio de la Purísima Concepción, de no tener cuarto de Pacheco, ni de moro, ni de judío, ni de converso a nuestra Santa Fe, y de guardar los Estatutos y Ordenanzas de la Ciudad...». (En este caso no se le hace probanza, sino sencillamente un juramento, añadiendo la defensa del Misterio de la Purísima...).
Año 1782: Acta de 1 de diciembre, se lee una: «Real Cédula por la cual declara a los individuos vulgarmente llamados de la calle de la ciudad de Palma de Mallorca, como aptos para cualquier servicio del Estado; la Ciudad acuerda su cumplimiento y al mismo tiempo mandó que se comunique a los Justicias de los pueblos del Partido» (en otros tiempos los villenenses habrían puesto algún reparo a estos judíos, aún denominados «chuetas» en Palma de Mallorca).
Año 1783: 22 de mayo, se lee «un Memorial de Juan Jover, natural de la Villa de Elda y comerciante en lienzos, ropas de seda y lana, acompañado de un Despacho de la Real Justicia afianzando su hombría de bien, solicitando avecindarse en Villena; y se acordó que se le admita con arreglo a las Ordenanzas de esta ciudad...». (Tampoco se le hace probanza).
Año 1784: Actas 11 y 18 de noviembre, se lee: «Dos Regidores hicieron presente haber evacuado la información que se les encargó sobre la pretensión de Antonio de Molina, de Biar, para ser vecino de esta ciudad, y se han enterado que es persona hacendada, y muy honrada y de familia esclarecida, y en su virtud se acuerda admitirlo por vecino, mandando que se le haga saber, que tenga en esta población casa abierta durante todo el año» (sin la inveterada Probanza).
Año 1792: Actas de 23 de mayo y 17 de julio, se lee: «Se presentó un Memorial por José Espiteri, natural de Malta, solicitando avecindarse con tienda abierta de lencería y quincalla...» «... se vio una información practicada en Cartagena sobre las calidades, limpieza y demás prevenido por la Ordenanza... y acordó la Ciudad que se le admita por vecino...».
Como se puede observar, habitualmente no se hacen más que menores informaciones y esporádicamente alguna mayor, pero las rigurosas Probanzas de antaño desaparecieron con los «vientos» de la Ilustración.
¡Aquellos tiempos de rigor inquisitorial ya pasaron!, eran tiempos de temor como nos los demuestra el padecido por la villenense Beata Isabel de Medina (1564-1636) con cuyo apellido aún se denomina a una de las calles de Villena, y cuya vida la escribió Fray Antonio Panes (10), quien dice:
«... Hacíala el Señor, en ella, singulares mercedes, ya con hablas interiores, ya con visiones y revelaciones divinas que a veces la sacaban de sus sentidos y ponían en rapto. De estas cosas andaba la sincera virgen tan temerosa que no osaba comunicarlos ni al confesor, por parecerla que si llegaba a saberse, era asunto que su examen tocaba a la Inquisición y que la llevarían allá. Estuvo con esta ignorancia hasta que llegando a Villena Fray Juan Ximénez, en un sermón que hizo trató del ejercicio de la oración y de cosas interiores y místicas, oyólo la devota doncella y determinó consultarle: y habiendo hecho y descubierto lo que la pasaba en su alma, especialmente la luz interior que tenía en su pecho, y los efectos de ella, él la consoló y animó, y asimismo sacó del engaño en que estaba, declaróla no ser cosa de la inquisición...».
LITIGIOS: VILLENA Y LA INQUISICIÓN Sobre preeminencias
Año 1625: el día 16 de febrero, con motivo de leerse un «Edicto de la Fe» y la publicación de la Bula (11), acudieron a la Iglesia de Santiago las Autoridades Municipales con el pendón de la Ciudad, y la Inquisición de Villena compuesta por el Comisario y los Familiares, quienes pretendieron ocupar los mejores puestos, contra el protocolo establecido desde siempre. Hubo discusiones entre unos y otros, dándole la solución de poner para la Inquisición, un escaño con respaldo cubierto de un paño de seda, con sus alfombras. El Cabildo municipal para no encontrarse otra vez con el mismo pleito, acordaron, tras informarse por un Letrado, enviar al Escribano para notificarle tales hechos al Tribunal inquisitorial de Murcia.
El Alguacil M. del Santo Oficio
Año 1630: el 7 de noviembre, se estableció un pleito entre el Cabildo y el Alguacil Mayor de la Inquisición en Villena D. Ginés de Mergelina, quien también era Regidor y asistía a las Sesiones del Concejo con Vara de Justicia, lo cual producía contrariedad al resto de los Regidores. Salió en defensa de la Vara inquisitorial el Alguacil Mayor de la Ciudad, quien logró que siguiera todo igual hasta que se informase al Ayuntamiento.
Trigo para la Inquisición
Año 1580, 25 de agosto: «Asimismo se leyó el requerimiento que se ha traído de Murcia sobre el negocio de las lanas, y otro sobre el trigo que se pasa por la Villa de Yecla, e que no les dejan pasar los Administradores, y se acuerda que se aguarde la respuesta de su señor Alcalde, Pedro Rodríguez Navarro, que está en Almansa, a quien esta Ciudad lo tiene encomendado, lo trate con el señor González Pa tiño, Gobernador de los Puertos secos o Aduanas. Asimismo atento que el señor Inquisidor se ha de ir a la Villa de Caudete (Valencia), y quiere irse para visitar a Nuestra Señora la Virgen de las Virtudes, el viernes primero que viene, que el gasto que hubiere de hacer se pague de Propios, y lo haga el Mayordomo.
Año 1605, 12 de junio, «Se ve una petición de los señores Inquisidores de la ciudad de Murcia, solicitando trigo a esta ciudad, y se acuerda contestar que por la poca cosecha que ha habido se les satisfará en lo que se pueda».
Erario Municipal-Inquisición
El erario municipal de Villena quedaba tan exhausto que no podía pagar los impuestos, la causa de ello fue el multisecular pleito, sostenido con Caudete valenciano, denominado de «LOS ALHORINES» por constituir este valle una franja, de gran riqueza cerealista, que separaba a dicha villa del resto de Valencia. Los motivos fueron económicos, tal como el pago de impuestos villenenses al pasar las aduanas. Los efectos fueron: sangrientas batallas, escaramuzas, robos, quemas de cosechas..., en crónico deterioro de ambas economías durante doscientos años, pues dicho Pleito lo llevaban un Relator, Secretario y varios Letrados en la Corte, con todo el bagaje de otros gastos que esto llevaba consigo.
El pleito sigue como siempre en una y otra variante, en octubre de 1611, se trata de colocar mojones que deslinde a Caudete de Villena. Tienen varias reuniones, una de ellas, el día 21 «en la ermita de la Virgen del Rosario, junto al término de los Alhorines» (actual iglesia de Fontanares); más una y otra vez hacen los pleitos interminables y costosos; este concretamente duró 549 días. Luego apareció otro sobre el robo de unas mulas, y luego otro y otro... Villena necesitaba dinero para poder continuar pleiteando.
El impuesto de «Millones»
Fue creado en tiempo de Felipe II, llamado así porque al idearlo se calculó que había de producir, por lo menos, un millón de ducados; gravaba la carne, el vino, el azúcar, el aceite, el jabón y el aguardiente.
En Villena, el 7 de marzo de 1511, se recibió una carta, precisamente del villenense Alonso Rodríguez Navarro, que era Consultor y Juez de Bienes del Santo Oficio, y Provisor del Obispado de Cartagena; en ella advertía a los villenenses sobre la demora que llevan los arrendadores de Rentas, en el pago del impuesto de «Millones». Antes de pagar intentaron buscar influencias para evitarlo, así decidieron decírselo al también villenense y Comisario de la Inquisición Don Diego de Valera.
Nada pudo hacerse. Había que pagar antes de final de año. La situación era apremiante «... porque la Ciudad está muy cargada...», y el Concejo acordó vender las tierras como «la Dehesa de Pon, el Zaricejo, y otros baldíos hasta que se saque para pagar la quiebra de los Millones...», subastándolos por parcelas. El 6 de junio de aquel año, «Acordaron se tome la cuenta a los arrendadores de los "millones", y se les notifique que acudan a pagar a Murcia». Posteriormente, según Real Cédula de 10 de octubre de 1 749, afortunadamente, se abolieron los impuestos de «millones», alcabalas, cientos y análogos.
La Inquisición y el Censo
Los recursos económicos que usaba el Santo Oficio provenían, notoriamente, de las multas y censos o préstamos hipotecarios que cada vez se hacían más frecuentes a medida que avanzaba el siglo XVI. Prestaba la Inquisición los conventos, los capitales pequeños... a modo de inversión segura, buscando un interés relativamente elevado.
Año 1610: 11 de febrero: el agobio económico de Villena era tal que el Concejo acordó «requerir al señor Corregidor con una Real Provisión para cargarse a censo mil ducados y así proseguir el Pleito de los Alhorines».
El 23 de marzo se pide permiso para acotar una dehesa y cargar a censo esta ciudad, 1.000 ducados (1 ducado = 11 reales).
El 14 de septiembre: apremia el Pleito de los Alhorines, hay que pagar, y se acuerda que cada Regidor dé 25 reales, que entre todos sumarán 500, más la misma donación que deberán dar cada uno de los herederos de los Alhorines.
Será al siguiente año, el 17 de julio de 1611, cuando «Pedro Cervera, Regidor, venido de la Corte de traer una Provisión de Su Majestad para tomar a censo mil ducados con el fin de seguir los pleitos de esta ciudad, y da cuenta de que ha avisado al Alcalde Mayor para que venga a esta Ciudad para tratar de hacer el dicho censo».
Comienza el largo Censo de la Inquisición (1611-1759)
Año 1611: 1 de noviembre, por fin, el Concejo consigue el permiso, por medio de una Real Requisitoria, para que Villena pueda realizar las gestiones necesarias del préstamo, y acuerdan que el alcalde, Pedro Rodríguez de Navarra, vaya a Murcia para que la Inquisición le preste a Censo mil ducados. La gestión fue positiva y el dicho alcalde, el 17 del mismo mes, se trae para Villena los deseados MIL DUCADOS, de los cuales se hace cargo el Depositario.
Durante 1612, sigue el pleito de los Alhorines, junto a dos más: «el Privilegio de franquicias en los Puertos Secos», y «el de la Recompensa de las Salinas».
Año 1613: el 7 de mayo se hace el primer pago de 550 reales al Censo de la Inquisición. Dicha cantidad se habría de pagar anualmente, más las arcas municipales no pudieron hacerlo con tal regularidad. A título de ejemplo, veamos algunas de las dificultades que de vez en cuando aparecían.
Año 1621: el 14 de septiembre, el Concejo tuvo que pedir dinero prestado a los abastecedores de carnes, pues al día siguiente vencía la paga del Censo «al interés prestado»; y el 1 de noviembre tuvieron necesidad de pedir a la Corte que les permitiese repartir los mil ducados. El Concejo pretendía sacar dicha cantidad de entre los vecinos de Villena, lo cual no prosperó.
Año 1622: al fracasar dicho intento, el 29 de junio se acuerda escribirle al «canónigo Rodríguez para que mande suspender la paga del Censo que esta Ciudad debe al Santo Oficio». Nuevo intento fallido, pues el 6 de septiembre se le manda al Mayordomo de Propios para que vaya a la Inquisición murciana a pagar la deuda anual del censo.
Año 1628, 6 de enero: «Se manda reparar a las personas que pagaron seiscientos reales para el censo del Santo Oficio y se les libre de la Renta de la Almotazanía».
Año 1630, 3 de agosto «... se deben pagar al Ejecutivo del Santo Oficio una parte, y el resto se pagará cuando se cobre a Elda el agua que recibe de la Fuente del Chopo».
Año 1631, 31 de octubre, viene a Villena el Ejecutivo citado, y se le ruega que suspenda el cobro hasta que Villena arriende sus dehesas para poder pagar sus deudas.
Año 1633, 23 de enero, se paga normalmente.
Año 1634, 20 de septiembre, viene el Ejecutor del Santo Oficio, y apremia el cobro del Censo. No hay dinero: se pide prestado a los vecinos.
Año 1636, 2 de marzo: se vuelve a pedir dinero a los vecinos, para la deuda del Censo.
Año 1638, 14 de enero, «que se pague lo que se le debe al Ejecutor, y se saque el dinero de donde se pueda».
Año 1642, 15 de diciembre: se nombran Comisarios para «despachar» al ejecutor del Censo del Santo Oficio.
Año 1643, 6 de octubre: se acuerda pagarle al Administrador de Propios el préstamo que hizo al Ayuntamiento para pagar el Censo a costa de otras partidas.
Año 1644 (Guerra de Cataluña, que merma los erarios), 16 y 19 de junio. «El Corregidor ordena por medio de una Real Cédula de que no haya Ejecutores en los lugares de su Corregimiento. Se nombran dos Comisarios para que atiendan el despacho de los Ejecutores que haya hoy en esta ciudad».
Año 1643, 3 de septiembre: se acuerda pagar cuatrocientos reales al Receptor del Real Fisco.
• (Guerras con Francia y Portugal).
Año 1662, 19 de noviembre, se vuelve a pagar el Censo de la Inquisición.
Sigue pagándose con las mismas dificultades y ritmo, los años y días siguientes: 1666: 25-7 / 1667: 17-4, 1-5 y 11-11 / 1668: 10-6, prestado el dinero por Juan Cervera. / 1671: 28-6, 8-7 y 25-10, cuando pague Elda el agua que se lleva, se pagará el Censo. /1675: 8-12.
• (Guerra y posguerra de Sucesión).
Año 1758, 9 de octubre: al cabo de 83 años vuelve a aparecer el Censo de la Inquisición por medio de una Carta de «Don Antonio Costa y Briñez, Tesorero Receptor del Real Fisco de la Inquisición, su fecha en Murcia a cuatro de octubre, por la que expresa, estar debiendo la Ciudad, al dicho Real Fisco, 1.452 reales de pensiones decursas». A pesar de él, Villena no pagó hasta el año siguiente.
Año 1759, 2 de julio: vuelve el Ejecutor del Real Fisco, a cobrar 1.815 reales de censos impagados. En las Cuentas de Propios de este año, al parecer añaden los salarios del Ejecutor y la cantidad adeudada asciende a 1.920 reales.
Según las Actas Municipales, ya no aparece jamás ningún pago del secular y dificultoso Censo de la Inquisición, que duró 148 años, acompañado de copiosos pagos de otra índole, e incluso de otros Censos como el del Convento de las Monjas Agustinas de Almansa, el cual tuvo que pagar Villena durante numerosas décadas de los siglos XVI y XVII.
ANÉCDOTAS DE INQUISIDORES El inquisidor y la Peste
Año 1677: la ciudad de Murcia había sido invadida por la temida Peste. Muchos ciudadanos huyeron hacia otros lugares para evitar su contagio; uno de ellos, el Inquisidor de Murcia, señor don José de Médicis, elige a Villena como lugar idóneo; sabe que la ciudad está en cuarentena para evitar que entre la epidemia; pero no importa, se someterá a ella. Comunicada esta noticia a las autoridades villenenses, acuerdan previamente señalarlo, para su observación, que permanezca en la Sierra Salinas; más reconsiderando que allí «su grata persona», estará muy incómodo durante el largo período de cuarenta días, el Concejo «revoca este sitio y en su lugar se le da para su morada, la Ermita de San Bernabé para que se cumpla su aislamiento». Dicha ermita estaba en el paraje donde actualmente se encuentra una de las calles de Villena: la calle de San Bernabé (12).
El Colegio de Valencia y el Inquisidor Villena
Año 1734, 9 de mayo: «Se ve en este Ayuntamiento una certificación dada por don Joseph de Esplugas, Secretario del Santo Oficio de la Inquisición en Valencia, dada en ella a nueve de abril próximo pasado, con inserción de algunas cláusulas de la fundación del Colegio de los Santos Reyes Magos que en la dicha ciudad hizo el señor don Melchor de Villena (13), médico del Santo Oficio, que entre los capítulos y constituciones de la dicha fundación hay uno de ellos, el referente a becas, que es del tenor siguiente: "En cuanto a la patria, si no fuese deudo mío o presentado por el protector, ha de ser natural de este reino, o del de Castilla del distrito del Marquesado de Villena, por haber sido mis ascendientes de allá, y en particular si tuviesen mi apellido, con tal de que no tenga otro hermano actualmente en este Colegio, y mandamos a la ciudad de Villena que en faltando en ella deudos míos o de mi apellido pueda elegir el Ayuntamiento y Cabildo, juntos, un hijo de la dicha ciudad, el que dé más ingenio y esperanzas se tuviere, posponiendo pasiones particulares.
La Ciudad no habiendo tenido hasta ahora noticia de su fundación, ni menos todavía de las facultades que el fundador concedió, más que ahora que se han publicado los edictos de la misma, acuerda solicitar una más amplia información de la misma, no solamente en el capítulo que hace mención la Carta que se ha recibido, sino de todo el contexto de la misma Fundación; y para ello nombra a su comisario; y en cuanto al estudiante becario que se pide, por considerar ser el más a propósito para ello don Joseph Herrero de Díaz Estevan de Villena, vecino de esta ciudad, que además de reunir las condiciones que manda el Fundador, de inteligencia y habilidad, es el único en esta ciudad que desciende de la familia de los Estevan de Villena, de raigambre muy antigua en ella, y no lo es ni él, ni sus abuelos de razón mora, ni judía, ni penitenciado, sino que lo fueron de familias notorias y como tales gozan de todos los Empleos, Oficios, Honores y distinciones de nobles, pide esta Ciudad al Patrón que fuere, en la actualidad, de dicho Colegio se sirva aprobar esta proposición y hacer por sí el nombramiento para la dicha beca a favor del señor don Joseph Herrero por ser como es sujeto de las prendas, calidades y circunstancias que apeteció al Fundador y pariente suyo y de los ascendientes del susodicho; mandaron que para los fines que el dicho don Joseph Herrero convenga, se le dé traslado de este acuerdo».
(Cincuenta años después).
Año 1784, 18 de noviembre: «Se ve otro Memorial, presentado por Joseph Carrión, procurador, solicitando para su sobrino la beca que se halla vacante en el Colegio de los Santos Reyes Magos de Valencia, por ser persona en quien concurren todas las circunstancias prevenidas en la Fundación y no haber pariente del fundador que la solicite; se acuerda que pase el dicho Memorial a los señores don Joseph de Selva, y a don Juan Joseph Cervera... quienes dijeron que tiene derecho a presentar la solicitud no sólo a la que se halla vacante sino a otras de dicho Colegio, y atendidas todas las circunstancias que concurren en el referido sobrino, Don Pedro Carrión y Vicente, residente en la Universidad de Valencia, e hijo de vecino de esta ciudad, mandaron que se le despache el correspondiente testimonio de este nombramiento».
Misionero e inquisidor villenense: la Virgen
Por el año 1683 el joven villenense Gisbert, «pasó el Océano para llevar la luz de la verdad a las tribus salvajes» (14).
Pasados varios lustros, con fecha del 9 de noviembre de 1663, se recibe en el Ayuntamiento de Villena una carta, escrita desde Sevilla por Pedro de la Peña, en la cual se lee: «El licenciado Cristóbal Gisbert me entregó en Panamá un cajoncito intitulado: Señora María Santísima de las Virtudes, del Convento de San Agustín, como usía lo verá por lo que remito con esta, para que usía me dé orden a qué persona lo he de entregar para que logre quien lo envíe y que llegue con seguridad a servir a Nuestra Señora, un cáliz y dos vinajeras que vienen en el dicho cajoncito».
Posteriormente, «... En el Cabildo del cuatro de diciembre de 1663, los regidores villenenses leyeron una carta del licenciado Cristóbal Gisberte, natural de esta ciudad, residente en la ciudad de Panamá en las Indias, por la cual da cuenta de cómo ha veinticinco años que falta de Villena y en este tiempo se ha hecho presbítero, y en agradecimiento de los beneficios que debe a la Virgen Santísima de las Virtudes, le remite a su Divina Majestad un cáliz y una patena, y una salvilla, vinajeras y una campanilla, todo de plata sobredorada para que sirva en su altar en las festividades... la Ciudad acordó que se dé poder para recibir las dichas preseas al señor don Luis Benito de Oliver, Inquisidor apostólico en la ciudad de Sevilla y natural de Villena, las cuales las habrá de recibir de Don Pedro de la Peña, residente en la ciudad de Sevilla». Dicho Inquisidor, ante don Pedro de la Peña, confió al Padre Provincial de la Orden de San Agustín de Andalucía, a la cual pertenecían los religiosos agustinos del Santuario, el traslado de las valiosas joyas a Villena.
El 9 de mayo de 1664, se le encargó a don Cristóbal de Mergelina, Regidor, contestar a don Cristóbal Gisberte agradeciéndole los valiosos obsequios que ha hecho a la Casa de Nuestra Señora de las Virtudes.
El Padre Provincial retornó a Sevilla y dióle la Carta del Concejo villenense a don Pedro de la Peña, quien a su vez volvió a Panamá y se la entregó al presbítero C. Gisberte.
Unos años antes del citado acontecimiento, concretamente, el 6 de noviembre de 1657, don Luis Benito Oliver, por medio de una carta, notificaba al Concejo de nuestra ciudad «que a un mismo tiempo se ha hecho merced de la Abadía Mayor de Lerma, y de una plaza en el Tribunal de la Inquisición, de Valencia, ofreciéndolo todo a los pies de esta ciudad como natural suyo...», el Concejo de Villena le contestó: «... dándole el parabién y ofreciéndole, que en todas sus fuerzas, esta ciudad acudirá a sus servicios...».
Es obvio que este renombrado Inquisidor villenense, don Luis de Benito, fue trasladado desde Valencia a Sevilla y que allí estaba y allí recibió la arqueta con las citadas joyas para la Virgen. Según el historiador villenense Salvador Abellán (15), en 1667 «mandó edificar en Santa María», «... e hizo la capilla del Rosario». Asimismo fundó una Capellanía en dicha parroquia (16), la cual, pasado un siglo, aún consta en 1775 relacionada, su renta, con un censo que toma el capellán de ella Don Fulgencio de Oliver y Bravo, con asistencia del Comisario del Santo Oficio: Don Pedro Miño Domenech, Arcipreste de Villena y su partido.
Final de la Inquisición
El reinado de los Austrias fue el que dio más rigor a la Inquisición, perdiendo efectividad con el advenimiento de los Borbones.
En Villena, repetimos, prácticamente dejó de actuar la Inquisición en 1775. Y en España, a principios del siglo XIX, comenzó a aparecer y desaparecer como «los ojos del Guadiana», veamos:
Años 1808 y 1812 es abolida por José Bonaparte y las Cortes de Cádiz, respectivamente. Reaparece en 1814 con el advenimiento de Fernando VII, para desaparecer en 1820 durante el Trienio Liberal. Débil e ineficaz, al morir Fernando VII, el Gobierno la suprimió definitivamente el 15 de julio de 1834, lo que equivalía, según Tuñón de Lara, a enterrar un cadáver.
NOTAS
(1) AMV: Actas de Ayuntamiento: 8 de diciembre de 1575; y 17 de diciembre de 1585.
(2) AMV: Actas de Cabildos: Año 1564, 21 de septiembre; y 29 de octubre. Año 1565, 11 de mayo; 6 de junio; y 22 de julio. Año 1566, 27 de enero; 3, 10 y 17 de febrero; y 2 de julio. Año 1567, 29 de enero; 7 de febrero; 2, 4 y 9 de marzo. Año 1641 (modelo de Probanza), 15 de diciembre.
(3) A.M.V.: Actas de Cabildos: Año 1565, 9, 13 y 27 de XII; Año 1566, 3 de II y 10 de 111.
(4) Halperin Dongh, «Un conflicto nacional». Edit. Institución «Alfonso el Magnánimo», Diputación Provincial de Valencia, año 1980, págs. 163-164, 165.
(5) A.M.V., Actas de Cabildos: Año 1638, 16 de agosto. Año 1641, 27 y 30 de enero y 11 de febrero.
(6) Vara de Inquisición = Ministro que el Tribunal de la Inquisición disputaba algún encargo, con facultad de juntar la gente que necesitase para cumplirlo.
(7) AMV: «Documentos antiguos», año 1704: «Ordenanzas Generales por las que se debe de regir y gobernar la Ciudad de Villena».
(8). AMV: Libro «Documentos», año 1531, de 
orden 39, signatura: 1/39. Descripción del documento: «Relación hecha al Rey para proteger a los vecinos, con bienes de los "cristianos nuevos", que se rebelaron contra el Marqués para que la INQUISICIÓN no se los arrebate».
Arch. F.A.G., «Libro Documentos antiguos», tomo 2.º, págs. 146 y 150.
(9). AMV: Acta de Ayuntamiento de 21 de enero de 1621. (Modelo de Familiatura o título de Familiar).
(10). Antonio Panes (Granada, 1621-Torrente, 1675): Autor espiritual del s. XVII. Según Montalvo, en Granada fue el Retórico más insigne, y Poeta más célebre de aquel siglo. En 1651, tomó el hábito de franciscano descalzo y se trasladó a Valencia. Entre 1669 y 1672, fue Guardián del Convento de los Franciscanos alcantarinos de Torrente.
Escribió varias obras, destacando «Vida del Padre Simón», «Escala Mística», «Estímulo de Amor Divino», «Chrónica de la Provincia de San Juan Bautista» (Valencia, 1665-1666); en esta última obra escribió la «Vida de la esclarecida Sierva de Dios, Isabel de Medina, Beata de la Orden Tercera de nuestro Padre San Francisco».
Según Francisco Pons, es uno de los grandes autores místicos valencianos y punto de referencia obligado para comprender las tendencias místicas de la espiritualidad valenciana del siglo XVII. Bibliografía: «Diccionario Enciclopédico de la Región Valenciana», y «Diccionario Histórico de la Comunidad Valenciana».
(11). Bula: «Desde San Pío V, mediante una limosna anual, los fieles españoles pueden participar de las indulgencias que les concede el Sumario General de la General Cruzada, así como gozar de determinadas exenciones de la Ley eclesiástica del ayuno y abstinencia. Estas últimas han sido afectadas por disposición del Concilio Vaticano II». (Diccionario «Monitor» de la Editorial Salvat.
(12). AMV: Actas de Ayuntamientos: 24 de septiembre, y 3 y 24 de octubre de 1677.
(13). Melchor de Villena fue médico de Juan de Ribera y gozó de gran prestigio en la ciudad de Valencia. Desempeñó la cátedra de «Herbes o simples» desde 1599 y durante varias décadas. Dejó manuscritos textos de botánica referidos al País Valenciano y otros lugares, y publicó, junto con Miguel Gil y Diego Pruñonosa, catedráticos de Medicina, una Relación de la esencia, perseveración y curación de las enfermedades pestilentes que hubo en la muy noble y leal ciudad de Valencia el año 1647 (Valencia, 1648), escrito a petición del rey Felipe IV. «Nuestra Historia», tomo 5.º, pág. 67. Distribución exclusiva Ediciones Aramo. Mas lvars Editores, S.L. Valencia, 1980.
(14). Revista villenense: «Villena Joven», año 1, núm. 4, del 5 de septiembre de 1914, pág. 15. Artículo de Joaquín Sandoval titulado «Villena; sus hijos ilustres».
(15). Arch. F.A.G.: «Cuaderno A, manuscritos» de don Salvador Abellán"», págs. 55 y 56. (Fotocopiados y procedentes de su familiar D. Vicente Valdés Archent).
(16). AMV: «Documentos», año 1775, núm. de orden: 18; signatura 18/18.
Auto de fe (detalle), por Pedro Berruguete (Museo del Prado). A la derecha se ven dos condenados desnudos y atados al poste del quemadero; al pie, otros dos con la coroza y el sambenito.
Extraído de la Revista Villena de 1996

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