24 sept 2017

BASES CONCURSO PORTADA REVISTA VILLENA 2017

BASES DEL CONCURSO DEL DISEÑO DE LA REVISTA VILLENA 2017
El Muy Ilustre Ayuntamiento de Villena, organizador del Concurso de Diseño Gráfico de la Revista Villena, 2017, hace públicas las bases que regirán la convocatoria del concurso.
Portada 2016 Autor: Damián Hernández Sanjuán
 CONDICIONES GENERALES
I.- Podrán participar todos los artistas que lo deseen, sea cual fuere su nacionalidad.
2. Cada artista podrá presentar un máximo de tres originales, que deberán de ser inéditos.
3. El concurso comprende los siguientes trabajos:
FASE DE CONCURSO
• Portada de la Revista
FASE DE ENCARGO (a realizar una vez se conozca la portada Ganadora)
• Portadilla de cada una de las secciones que comprenden la revista:
SUMARIO ANUARIO SOCIEDAD, CULTURA, HISTORIA INVESTIGACIÓN, PREMIOS FUNDACIÓN JOSÉ Mª SOLER, PUBLICACIONES, MONOGRÁFICO
• Manual de estiló de la Revista, con un mínimo de 2 páginas maestras y un máximo de 4, tipografías, columnas de texto y todo lo que el diseñador o diseñadora considere necesario para llevar a buen término la edición de la Revista Villena 2017.
4. Los concursantes presentarán a concurso únicamente la portada de la Revista. Una vez conocido el fallo del jurado, en el caso de resultar premiado, el ganador se comprometerá a realizar los trabajos de la fase de encargo, en un plazo no superior a diez días desde la comunicación del fallo, que se describen en el punto tercero de estas bases.
5. El diseño de la portada de la Revista, se realizará con libertad de procedimientos (pictóricos, fotográficos, digitales, etc),
6. Los participantes deberán presentar original impreso, en soporte rígido a tamaño de 31,5 x 22 cts., y archivo fotográfico en formato digital (jpg/tit) con un tamaño de 3000 x 4500 px. Teniendo en cuenta que la reproducción de la misma se realizará en cuatricromía se excluirán aquellas con tintas metálicas (oro, plata...) así como los colores fosforescentes.
7.- Los trabajéis se presentarán en soporte CD/DVD con una resolución mínima de 300 pp, en formato jpg/tif. para la portada, y en formato pdf o Adobe llustrator, para el resto. Además de la copia impresa expresada en la base sexta de estas bases.
8.-En caso de que el trabajo premiado precisara de algún trabajo adicional para su fácil reproducción foto-mecánica, el autor• deberá efectuar los trabajos necesarios para tal fin.
9. El diseño de las portadillas y de las páginas maestras deberán mantener la misma línea estilística de la portada.
10. No podrán presentarse trabajos de o tras ediciones, ni ser copia o plagio total o parcial de otras obras.
11. Dado que la ciudad de Villena se encuentra celebrando durante este año diferentes actividades para poner en valor el patrimonio modernista de la población, el tema será de libre inspiración, pero centrado en El Modernismo Villenense.
12. La Portada de la Revista deberá llevar la siguiente inscripción:
VILLENA 2017
13. La composición de la Portada adoptará la forma. vertical, ajustándose a las medidas 31,5 x 22 cm.
14. La composición de las portadillas, se ajustará a doble página de la revista con unas dimensiones totales de 31,5x43,0 cm.
15. El premio, que comprende las dos fases del concurso, consistirá en la cantidad en metálico de setecientos cincuenta euros, que será único e indivisible y al cual se le practicarán las retenciones legalmente establecidas, y se imputará a la partida presupuestaria 1/330/48100 "Concurso Portada Revista Villena", del presupuesto para el ejercicio 2017.
16.-Recepción de las obras: Los trabajos se presentarán en sobre cerrado y ese deberá incluir:
1. Soporte CD/DVD con el lema de la obra escrito con rotulador permanente en la parte superior
2. Original impreso con soporte rígido sin firmar, con el lema de la obra inscrito en la parte posterior del soporte.
3. Un sobre cerrado con el lema de la obra en el exterior, que deberá contener en su interior la identidad, dirección, email y teléfono del autor.
17.-Los trabajos serán enviados o bien presentados personalmente en el Registro General del Ayuntamiento de Villena, Plaza de Santiago, 2 Código Postal 03400 Villena, en horario de 8 a 14: 30 horas, de Lunes a viernes.
18.-El plazo de admisión comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), por conducto de la Base Nacional de Subvenciones (una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación) y finalizará el día 2 de octubre de 2017 a las 14:30 horas. Las obras recibidas por correo certificado con matasellos posterior a la citada fecha quedarán fuera de concurso.
19.- El jurado estará formado por dos miembros del mundo del arte y del Diseño Gráfico, un miembros del Consejo de Redacción de la Revista, el ganador de la edición anterior, junto con el Alcalde de Villena, la Concejala de Cultura, un miembro de cada partido político con representación municipal, actuando como secretario con voz pero sin voto, el del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
En la composición del jurado se deberá mantener la paridad que marca la ley.
20.-E1 jurado, al formular su propuesta valorará además de la concepción, su calidad gráfica o plástica, su eficacia anunciadora o divulgadora.
21.-Si se estima que en las obras presentadas no existe la- calidad suficiente, podrá declarar desiertos los premios, en cuyo caso este Ayuntamiento se- reserva el derecho a encargar su realización, previo estudio de bocetos.
22. El fallo del Jurado tendrá lugar el miércoles 4 de octubre a las 13:00 en la Casa de la Cvltvra. Será hecho público, siendo la decisión del jurado inapelable.
23. La participación en el concurso supone la aceptación plena de las bases que lo regulan.
24. La entrega de premios se realizará en el acto de presentación de la Revista Villena que será anunciado previamente por el M.1: Ayuntamiento de esta ciudad.
25. La obra premiada quedará en exclusiva propiedad del Ayuntamiento de 'Villena, quien podrá utilizarla para los fines publicitarios que considere oportunos.
26. - Las obras no premiadas podrán ser retiradas a partir del día siguiente en -el que se haga público el fallo, una vez transcurridos 60 días, las obras no retiradas serán destruidas.
27. En el caso de que el jurado, de oficio o a instancia de parte, en el plazo de diez días detecte que la obra premiada no cumple con lo establecido en cualquiera de las cláusulas de estas bases, se revocará el fallo del jurado, -no concediendo el premio y se procederá a seleccionar la siguiente obra finalista, a partir del fallo del jurado.
28. Cualquier asunto no reflejado en las presentes bases será resuelto por el Jurado Calificador.
29. El fallo será hecho público, siendo la decisión del tribunal seleccionador inapelable. La resolución de la concesión se adoptará mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local y se notificará por escrito de manera individual a los interesados (art. 40 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-). E1 plazo de resolución y notificación de la convocatoria será de 6 meses.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 88.3 LPACAP, en relación con lo establecido en los artículos 123 y 124 del citado texto legal, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, se hace constar que contra la resolución que resuelve la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicante, en el plazo de dos meses, computándose en todo caso los plazos a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, advirtiéndole que tales recursos no suspenden la ejecución de esta resolución y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de estas subvenciones.
La resolución se publicará en la E3DNS en los términos especificados en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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