20 may 2017

BASES DEL CONCURSO DEL CARTEL DE FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS VILLENA 2017

BASES DEL CONCURSO DEL CARTEL 
DE FIESTAS DE MOROS Y CRISTIANOS VILLENA 2017

CARTEL
El Muy Ilustre Ayuntamiento de Villena, organizador del concurso del Cartel anunciador de las Fiestas de Moros y Cristianos del año 2017 con la colaboración de la Junta Central de Fiestas, hace públicas las bases que regirán la convocatoria del concurso.
1. El cartel anunciador reflejará el tipismo de las Fiestas de Moros y Cristianos de Villena.
2. El Cartel recogerá la siguiente inscripción:
VILLENA 2017
MOROS Y CRISTIANOS
EN HONOR DE NTRA. SRA. MARÍA DE LAS VIRTUDES
DEL 4 AL 9 DE SEPTIEMBRE
FIESTAS DECLARADAS DE INTERÉS TURÍSTICO NACIONAL
3. El premio consistirá en la cantidad en metálico de mil euros (1.000 euros) que será único e indivisible y al cual se le practicará las retenciones legalmente establecidas e irá con cargo a la aplicación presupuestaria 1/338/48906 del presupuesto municipal del año 2016, prorrogado para 2017.
4. En el cartel NO FIGURARÁ el escudo de la ciudad ni Marca Villena. El autor/a de la obra premiada deberá incluir dichos escudos y logotipos posteriormente siguiendo las medidas y tamaños estimados por parte del M.I. Ayuntamiento de Villena.
CONDICIONES GENERALES
1. Podrán participar todas las personas artistas que lo deseen.
2. Cada artista podrá presentar una o varias obras originales e inéditas. Se presentarán en formato papel (A3) pegado sobre cartón o superficie rígida y digital (jpg/tif), con una resolución de 300 pp y con un tamaño de 3500x4960 px, no obstante, teniendo en cuenta que la reproducción de la misma se realizará en cuatricromía se excluirán aquellas con tintas metálicas (oro, plata,...) así como los colores fosforescentes. No podrán presentarse trabajos de otras ediciones, ni ser copia o plagio total o parcial de otras obras.
3. El o la ganadora del cartel de fiestas de Moros y Cristianos, deberá realizar antes del mes de marzo de 2018 un cartel en el que incluyan fotografías de las fiestas de Moros y Cristianos y el mismo texto que el cartel ganador, para promocionar las Fiestas de Moros y Cristianos de Villena a nivel nacional e internacional.
4. Recepción de las obras: Los trabajos se presentarán en sobre cerrado y ese deberá incluir el cartel en tamaño A3 con el lema de la obra escrito en la parte trasera, soporte CD/DVD con el lema de la obra escrito con rotulador permanente en la parte superior y un sobre cerrado con el lema de la obra en el exterior, que deberá contener en su interior la identidad, dirección, email y teléfono del autor.
Los trabajos serán enviados o bien presentados personalmente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Villena, Plaza de Santiago, 2 Código Postal 03400 Villena, en horario de 8 a 14:30 horas, de lunes a viernes.
5. El plazo de admisión comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.), por conducto de la Base Nacional de Subvenciones (una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación) y finalizará el día 12 de junio de 2017 a las 14:00 horas.
Las obras recibidas por correo certificado con matasellos posterior a la citada fecha quedarán fuera de concurso.
6. El jurado estará formado por dos miembros del mundo del arte y del Diseño Gráfico, junto con el Alcalde de Villena, a Concejala de Fiestas, un miembro de cada partido político con representación municipal, el presidente de la Junta Central de Fiestas y el coordinador de la Revista especial día 4 que fuera. Actuando como secretario con voz pero sin voto, el del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
7. El jurado, al formular su propuesta valorará además de la concepción, su calidad gráfica o plástica, su eficacia anunciadora o informativa.
8. Si se estima que en las obras presentadas no existe la calidad suficiente, podrá declarar desiertos los premios, en cuyo caso este Ayuntamiento se reserva el derecho a encargar su realización, previo estudio de bocetos.
9. El fallo del Jurado tendrá lugar en la fecha que estime más oportuna la Concejalía de Fiestas.
10. La participación del concurso supone la aceptación de las bases.
11. La entrega de premios se realizará cuando oportunamente lo comunique el Ayuntamiento.
12. Con las tres obras finalistas y una selección máxima de las 20 últimas seleccionadas para optar al premio de Cartel de fiestas, se montará una exposición en la Casa de la Cultura.
13. Las obras premiadas quedarán en exclusiva propiedad del Ayuntamiento de Villena, quien podrá utilizarlas para los fines publicitarios que considere oportunos.
14. Las obras no premiadas podrán ser retiradas una vez se haya hecho público el fallo, una vez transcurridos 60 días, quedarán en propiedad del Ayuntamiento las que no hayan sido retiradas.
15. Cualquier asunto no reflejado en las presentes bases será resuelto por el Jurado Calificador.
16. En el caso de que el jurado de oficio o a instancia de parte en el plazo de diez días detecte que la obra premiada no cumple con lo establecido con el número 2 de las condiciones generales, se revocará el fallo del jurado, no concediendo el premio y se procederá a seleccionar la siguiente obra finalista, a partir del fallo del jurado.
La falsedad en los datos aportados por los participantes al Concurso dará lugar a la exclusión inmediata. Si esta se pusiera de manifiesto con posterioridad a la resolución del concurso y el participante afectado hubiera resultado premiado, el premio obtenido quedará sin efecto, procediéndose, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas por tal concepto.
17.-El fallo será hecho público, siendo la decisión del tribunal seleccionador inapelable. La resolución de la concesión se adoptará mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local y se notificará por escrito de manera individual a los interesados (art. 40 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-).El plazo de resolución y notificación de la convocatoria será de 6 meses.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 88.3 LPACAP, en relación con lo establecido en los artículos 123 y 124 del citado texto legal, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, se hace constar que contra la resolución que resuelve la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicante, en el plazo de dos meses, computándose en todo caso los plazos a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, advirtiéndole que tales recursos no suspenden la ejecución de esta resolución y ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
En aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de estas subvenciones.
La resolución se publicará en la BDNS en los términos especificados en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En Villena, a 2 de mayo de 2017
Fdo: Conchi Beltrán García - Concejalía de Fiestas

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